Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1294

Decreto Nº 1294

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 02/05/2024

Visto el Programa de Solidaridad Cultural establecido por la Ordenanza Nº 12.600, reglamentada por Decreto Nº 1164/04 y modificatoria Nº 160/2023; teniendo en cuenta la propuesta presentada por autoridades del Centro de Rehabilitación y Biblioteca Luis Braille, en la que comunican la intención de llevar a cabo durante el presente año el proyecto “Curso de Lectoescritura Braille”; y  

CONSIDERANDO

Que el Sistema Braille es una de las formas que tienen las personas con discapacidad visual para acceder a la lectura y escritura. Si bien es cierto que en los últimos años cobró más relevancia el uso de la tecnología, y que es posible el acceso a la “lectura” a través de audiolibros, es importante destacar que el Sistema Braille es el único que le permite a las personas ciegas el acceso sin más intermediación que el propio cuerpo.

Que esta experiencia encuentra similitudes con la lectura a través de la visión, al permitirle a la persona recorrer el texto, frenarse a pensar sobre lo leído, volver a leer la oración, etc.

Que a partir del presente proyecto, se busca promover el aprendizaje del Sistema a partir de la implementación de cursos y workshops, orientados tanto a personas con discapacidad visual como a otras interesadas, para su utilización en la vida cotidiana y la creación de recursos que favorezcan la accesibilidad. Al adquirir los conocimientos básicos del Sistema Braille, se facilita el acceso inicial de textos simples que mejoran la calidad de vida (etiquetado de productos, de prendas de vestir para diferenciar, acceso al uso de juegos para el tiempo libre, cartas-menú en Braille, lectura de canciones y cuentos).

Dado que es atribución de este Instituto implementar acciones específicas para el desarrollo de actividades de difusión y promoción de la cultura, y en tanto el mismo estimula la labor de entidades y organismos públicos y privados, favoreciendo el acceso a las mismas. Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Apruébase el proyecto denominado “Curso de Lectoescritura Braille”, presentado por el Centro de Rehabilitación y Biblioteca Luis Braille, CUIT: 30-55475055-5, encontrándose calificado de INTERÉS CULTURAL SUJETO AL PROGRAMA DE SOLIDARIDAD CULTURAL establecido en la Ordenanza Nº 12.600, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente Decreto y las actuaciones obrantes en el presente expediente.-

SEGUNDO: Determínase el monto autorizado de Pesos CUATROCIENTOS MIL ($400.000), dejándose expresamente aclarado que al momento de requerirse el beneficio estipulado en la Ordenanza Nº 12.600 y su Decreto Reglamentario Nº 1164/04 (y modificatoria Nº 160/2023), dicho monto no deberá superar el cupo que anualmente se fija por cada ejercicio fiscal.-

TERCERO: Cúmplase, publíquese, notifíquese a los interesados, tomen nota Secretaría de Economía y Hacienda, Departamento Recaudación, Contaduría General; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-