Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº128

Resolución Nº 128

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 13/05/2024

Visto la nota presentada por la entidad denominada Acción Bahiense Comunitaria (ABC), por la cual solicita el otorgamiento de un subsidio destinado a gastos de funcionamiento y para la adquisición de materiales de construcción, en el marco del Programa de Producción Social del Hábitat, destinado a otorgar ayudas para la construcción o realización de mejoras en viviendas de personas o grupos familiares sin recursos de la entidad; y

CONSIDERANDO

Que ambas ayudas económicas han sido incluidas en el Presupuesto de Gastos del corriente Ejercicio, previéndose para la entidad solicitante las sumas de PESOS OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL ($ 825.000.-) para gastos de funcionamiento, en la jurisdicción de la Jefatura de Gabinete y Gobierno; y de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000.-) en la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat, conforme surge de fs.3;

Que a fs. 4 vta. obra la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y por la Contaduría General y a fs.5 se agrega la constancia de que la entidad beneficiaria no registra rendiciones de cuentas pendientes; 

Que, por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º) - Otorgar un subsidio a la entidad denominada Acción Bahiense Comunitaria (A.B.C.), C.U.I.T. 30-70903984-5, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL ($ 4.825.000.-), destinando de ese monto $ 825.000 a gastos de funcionamiento y los restantes $ $ 4.000.000 a la la adquisición de materiales de construcción, en el marco del Programa de Producción Social del Hábitat, destinado a otorgar ayudas para la construcción o realización de mejoras en viviendas de personas o grupos familiares sin recursos de la entidad.-

ARTÍCULO 2°) - Notifíquese a la entidad beneficiaria que, una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en los términos del Instructivo obrante a fs.6 del expediente 0-2127-2024, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión cuyo modelo obra a fs.7, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones Anexas al Decreto 2980/00 – R.A.F.A.M.-

ARTICULO 3º) - El presente gasto deberá imputarse de acuerdo al siguiente detalle: Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01.00, Gasto 5.1.7.0. ($ 825.000.-).-
Fuente 110, Jurisdicción 1110123000, Categoría Programática 22.01.00, Gasto 5.1.7.0. ( $ 4.000.000.-).-

ARTÍCULO 4°) - Por Jefatura de Gabinete y Gobierno se efectuará el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la entidad beneficiaria de la suma destinada a gastos de funcionamiento. La rendición del  monto correspondiente al Programa de Producción Social del Hábitat, será monitoreada por la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.-

ARTÍCULO 5°) - Refrende la presente el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.-

ARTICULO 6°) - Cúmplase, notifíquese a la entidad recurrente mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Departamento Contaduría General; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-