Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº71

Resolución Nº 71

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 22/04/2024

Visto las presentes actuaciones, en las cuales la Secretaría Unidad Intendencia solicita el pago por vía administrativa en favor del proveedor Rex Agencia de Publicidad S.R.L., CUIT N.º 30-66415648-9 conforme las facturas N°00003-00001126, obrante a fs. 5 y N°00003-00001127, obrante a fs. 2; por el importe total de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000,00), correspondientes al servicio de difusión de spot con contenido de seguridad vial en el programa Por Bahía y el micro del mismo, durante el periodo de enero del corriente año y;

CONSIDERANDO

Que conforme se informara a fs. 1 dicho procedimiento de contratación extraordinario en su metodología es producto de las circunstancias excepcionales transitadas en la ciudad en el mes de diciembre de 2023 ante la presencia de la importante tormenta de público conocimiento, que entre las consecuencias que de ella derivaron, el Municipio se encontró con dificultades en los servidores por un largo periodo, y por ende en los sistemas informáticos necesarios para la carga correspondiente del servicio por el Sistema RAFAM conforme lo indica la normativa vigente;

Que la Contaduría General  a fs. 8 del presente expediente manifiesta que no se cumple con lo establecido los artículos 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y el 123° del Reglamento de Contabilidad respecto a que los procesos de contratación y compromiso deben realizarse previo al inicio de la prestación del servicio por lo que deberá confeccionarse el correspondiente acto administrativo que insista y ordene el pago;

Que a fs. 9 la Secretaría Unidad Intendencia toma nota de la observación efectuada por la Contaduría General y se insiste en la prosecución del trámite bajo la modalidad administrativa teniendo en cuenta que de no realizarse el pago del servicio efectuado implicaría un enriquecimiento sin causa a favor de la Municipalidad; y vuelve a dejar especificado que oportunamente no pudo gestionarse el suministro correspondiente previo al inicio del servicio contratado por los motivos expuestos en el párrafo primero de estos considerandos;

Que además dicha Secretaría deja plasmada la importancia de la difusión de información oficial de interés general y/o particular de algún programa específico municipal, entendiendo que la comunicación es fundamental para la relación del Municipio con la ciudadanía y los procesos de gobernanza del mismo (transparencia, participación ciudadana, claridad en los mensajes, etc.);

Que a fs. 1 vuelta obra la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General; 

Que cabe aclarar que el gasto en Pauta Oficial, tal es el caso que en estas actuaciones se presenta, se adecúa a los términos previstos en el Artículo 156°, inciso 4 de la Ley Orgánica de las Municipalidades en el que se permite la compra o contratación directa de la publicidad oficial como excepción al régimen general prescripto en el Artículo 151° del citado cuerpo normativo;

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º) – Ordenar a la Contaduría General a abonar la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($450.000,00), al proveedor Rex Agencia de Publicidad S.R.L., CUIT N.º 30-66415648-9, correspondiente al servicio de difusión de spot con contenido de seguridad vial en el programa Por Bahía y el micro del mismo, durante el periodo de enero del corriente año, conforme a la documentación respaldatoria adjuntada y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º ) - El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la Fuente 131, Jurisdicción 1110101000, Categoría Programática 01.03.00, Gasto 3.6.1.0-

ARTICULO 3º)- Cúmplase, notifíquese, tomen nota Contaduría General, Departamento Tesorería, dése al R.O. y ARCHIVESE.-