Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº56

Resolución Nº 56

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/04/2024

VISTO las presentes actuaciones, en las cuales la Secretaría Unidad Intendencia solicita el pago por vía administrativa en favor del proveedor Final Contenidos S.ACUIT N.º 30-71508462-3 conforme la factura N°00001-00002646, obrante a fs.2, por un importe total de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,00), correspondiente a la exhibición de banner permanente con contenido de interés general en la web letrap.com.ar, durante el periodo de enero del corriente año.- 

CONSIDERANDO

Que dicho procedimiento de contratación extraordinario en su metodología es producto de las circunstancias excepcionales transitadas en la ciudad en el mes de diciembre de 2023 ante la presencia de la importante tormenta de público conocimiento, que entre las consecuencias que de ella derivaron, el Municipio se encontró con dificultades en los servidores por un largo periodo, y por ende en los sistemas informáticos necesarios para la carga correspondiente del servicio por el Sistema RAFAM conforme lo indica el proceso de contratación y compromiso dispuesto en el Articulo 123° del Reglamento de Contabilidad.

Que a fs. 1 vuelta obra la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.

Que el gasto en Pauta Oficial, tal como el que aquí se solicita, se adecúa a los términos previstos por la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Que, teniendo en cuenta la observación efectuada por la Contaduría General sobre las presentes actuaciones por incumplimiento del proceso de contratación (artículo 123 del Reglamento de Contabilidad), obrante a fs. 14, es que se insiste en el trámite de pago.-

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º) – Autorízase al Departamento Contaduría General a liquidar la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,00), al proveedor Final Contenidos S.ACUIT N.º 30-71508462-3 correspondiente a la exhibición de banner permanente con contenido de interés general en la web letrap.com.ar, durante el periodo de enero del corriente año, conforme a la documentación respaldatoria adjunta y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º ) - El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110101000, Categoría Programática 01.01.00, Gasto 3.6.1.0-

ARTICULO 3º)- Cúmplase, notifíquese, tomen nota Contaduría General, Departamento Tesorería, dése al R.O. y ARCHIVESE.-