Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 74
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 12/04/2024
Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales se solicita el pago de la factura B N° 00020-000000494 correspondiente a la provisión de personal afectado al servicio de mantenimiento de la barrera forestal de Ing. White desarrollado por la Cooperativa de Trabajo “La Primera de Ing. White Ltda.” desde el 1° de febrero al 29 de febrero del corriente; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, se solicita el pago de manera excepcional por el mes de febrero 2024 a la Cooperativa de Trabajo “La Primera de Ing. White Ltda.”, debido a que por un retraso en el trámite correspondiente al periodo enero – febrero 2024, el mismo no llegó a término para generar la correspondiente orden de compra a partir del 1º de enero del corriente año para efectivizar dicha contratación.
Que a fojas 2, consta la factura N°00002-00000494, emitida por la Cooperativa de Trabajo “La Primera de Ing. White Ltda.", correspondiente al período 1° de febrero y hasta el 29 de febrero de 2024.
Que, dicha contratación, comprendía el servicio de la Cooperativa de Trabajo “La Primera de Ing. White Ltda.” desde el 1° de enero de 2024 al 29 de febrero de 2024, y al retrasarse involuntariamente el trámite debido a los plazos de los procedimientos administrativos, no fue posible cargar el nuevo pedido.
Que de fojas 3 a 15 consta copia fiel de documentación que complementa el presente expediente.
Que el pago administrativo, correspondiente al período 1° de enero y hasta el 31 de enero de 2024, se tramitó por Resolución N°67/24, presente en expediente 614-1077/24, cuya copia fiel se adjunta a fojas 12.
Que, por las razones expuestas, se hace necesario iniciar el presente trámite administrativo de carácter excepcional, a los efectos de articular los medios necesarios para poder abonar la factura obrante a fojas 2, teniendo en cuenta que la Cooperativa de Trabajo “La Primera de Ing. White Ltda.” cumplió con el servicio encomendado.
Que dicha contratación, se encuentra estipulada en el Art. 156 inc.11) de la Ley Orgánica de las Municipalidades como excepción a lo previsto en el Artículo 151 de la misma.
Que, la Contaduría Municipal, a fojas 11 de este expediente, manifiesta que no se cumple lo establecido en el Art. 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 123° del reglamento de Contabilidad, dado que los procesos de contratación y compromiso deben realizarse previo al inicio de la prestación del servicio, debiendo confeccionarse un acto administrativo que insista y ordene el pago.
Que a fojas 17, la Subsecretaría de Ambiente y la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat toman nota de la observación efectuada por la Contadora Municipal, informando que el suministro que diera origen a estas actuaciones no se tramitó previo al inicio del período de contratación, agregando los mencionados funcionarios, que de no realizarse el pago solicitado, ello implicaría un enriquecimiento sin causa en favor del Municipio, es decir, la obtención de un beneficio sin contraprestación.
Que en consecuencia, se insiste en la prosecución del trámite de pago.
Por todo ello, y teniendo en cuenta la documentación adjunta y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 1 vuelta, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- RESUELVE -
ARTICULO 1°: Ordenar a la Contaduría General a abonar la suma de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($878.178,52.-), a favor de Cooperativa de Trabajo “La Primera de Ing. White Ltda.” CUIT 30-71068540-8, correspondiente a la Factura tipo B N° 00020-000000494, en concepto de provisión del personal afectado al servicio de mantenimiento de la barrera forestal de Ing. White, realizado durante el periodo comprendido entre el 1° de febrero y el 29 de febrero de 2024.
ARTICULO 2°: El gasto que demande lo dispuesto deberá imputarse a la Fuente de Financiamiento: 131 Jurisdicción: 1110123000, Categ. Prog.: 18.01.00, Gasto: 3.3.5.0, del Presupuesto de gastos vigente.
ARTICULO 3°: Cúmplase, dese al R.O., tome conocimiento la Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Tesorería, Subsecretaría de Ambiente, Comité Técnico Ejecutivo, ARCHIVESE.-