Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1351
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 07/05/2024
Que mediante el Convenio Marco entre la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Bahía Blanca se otorgara al municipio una asistencia financiera en el marco del “Programa Especial de Emergencia Educativa“, destinada al financiamiento de obras de urgencia en materia de infraestructura educativa y de gastos derivados, para el funcionamiento y mantenimiento de los establecimientos educativos de gestión estatal, incluyendo la adquisición y contrataciones de obras, bienes y servicios que resulten esenciales que serán definidos en las Actas Complementarias.
Que según la RESOC-2024-615-GDEBA-DGCYE se aprueban las Actas Complementarias Nº 19, Nº 20 y Nº 21 por las cuales se acordaron las obras “Reparación de cubierta, cielorraso y aberturas en E.P. Nº 24”, “Reparación de cubierta y cielorrasos en C.P.P Nº 404” y “Reparación de cubierta sobre planta alta en E.P. Nº 30”, por la suma total de CIENTO SESENTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRECIENTOS CUARENTA Y UNO C/92/100 ($ 160.673.341,92).
Que por el artículo 3º de la mencionada resolución, se transferirá la suma de VEINTICUATRO MILLONES CIENTO UN MIL UNO C/29/100 ($ 24.101.001,29), correspondiente al 15% del monto total adjudicado por la Municipalidad de Bahía Blanca, en carácter de Anticipo Financiero.
Que atento a lo establecido en el Art.119º último párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 24º del D.R. 2980/2000 el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones y creaciones de partidas que se financien con recursos afectados;
Que en el Art. 75º del Reglamento de Contabilidad autoriza al Departamento Ejecutivo, como norma de excepción, a introducir modificaciones en el presupuesto de gastos, cuando se trate de partidas de créditos constituidos con recursos afectados.
En virtud de ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- DECRETA -
ARTÍCULO 1º)- Créase en el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2024 los rubros que se detalla a continuación, por un importe total de CIENTO SESENTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRECIENTOS CUARENTA Y UNO C/92/100 ($ 160.673.341,92).
RECURSOS AFECTADOS
Fuente de Financiamiento 132
Jurisdicción 1110105000 Secretaria de Obras y Servicios Públicos
22.5.01.71 R.A. (132) Reparación de cubierta, cielorraso y aberturas E.P. Nº 24 - Acta Complementaria Nº 19. $ 53.444.735,20.-
Fuente de Financiamiento 132
Jurisdicción 1110105000 Secretaria de Obras y Servicios Públicos
22.5.01.72 R.A. (132) Reparación de cubierta y cielorrasos C.F.P Nº 404 - Acta Complementaria Nº 20. $ 78.954.915,72.
Fuente de Financiamiento 132
Jurisdicción 1110105000 Secretaria de Obras y Servicios Públicos
22.5.01.73 R.A. (132) Reparación de cubierta sobre planta alta en E.P. Nº 30- Acta Complementaria Nº 21. $ 28.273.691,00.
ARTÍCULO 2º)- Créase en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2024 las partidas que se detalla a continuación, por un importe total de CIENTO SESENTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRECIENTOS CUARENTA Y UNO C/92/100 ($ 160.673.341,92).
RECURSOS AFECTADOS
Fuente de Financiamiento 132
Jurisdicción 1110105000 Secretaria de Obras y Servicios Públicos
Categoría Programática 67.15.00 (132) Reparación de cubierta, cielorraso y aberturas E.P. Nº 24 - Acta Complementaria Nº 19.
5.4.6.0 Transferencia a Entes del Gob. Pcial. p/ Gastos de Capital $ 53.444.735,20.
Fuente de Financiamiento 132
Jurisdicción 1110105000 Secretaria de Obras y Servicios Públicos
Categoría Programática 67.16.00 R.A. (132) Reparación de cubierta y cielorrasos C.F.P Nº 404 - Acta Complementaria Nº 20.
5.4.6.0 Transferencia a Entes del Gob. Pcial. p/ Gastos de Capital $ 78.954.915,72.
Fuente de Financiamiento 132
Jurisdicción 1110105000 Secretaria de Secretaria de Obras y Servicios Públicos
Categoría Programática 67.17.00 R.A. (132) Reparación de cubierta sobre planta alta en E.P. Nº 30- Acta Complementaria Nº 21.
5.4.6.0 Transferencia a Entes del Gob. Pcial. p/ Gastos de Capital $ 28.273.691,00.
ARTÍCULO 3º)- Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º serán tomados del Capítulo establecido en el Artículo 1º.
ARTÍCULO 4º)- Encomendar a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos a realizar las correspondientes rendiciones ante las autoridades pertinentes.
ARTÍCULO 5°) Refrendase el presente Decreto por el Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
ARTÍCULO 6°)-Cumplir, dar al R.O, tomar nota Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Secretaria de Obras y Servicios Públicos y demás dependencias municipales que correspondan.-