Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 713
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 07/05/2024
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por Julio Abraham Esteban ASSI, con CUIT 20-13564454-5, para desarrollar actividades bajo el rubro de Despensa, verdulería y frutería, en el domicilio de la calle Moreno Nº 502 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que a fs. 1 y 2 presenta solicitud de Habilitación para desarrollar actividades bajo el rubro Despensa;
Que la solicitud de Habilitación por anexo de rubro para desarrollar actividades de Verdulería y Frutería ha sido interpuesta con fecha 01 de Septiembre del 2023, conforme constancias obrantes a fs. 17 y 18;
Que a fs.3/12, 19/26 y 32 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs.31 toma debida intervención el Departamento Habilitaciones, labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 01835 de fecha 19/02/2024, dejando constancia que el local reúne condiciones de uso e higiene al momento de la Inspevción;
Que a fs. 38 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº1123/93;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Habilítase a Julio Abraham Esteban ASSI con CUIT 20-13564454-5, contribuyente Nº 37494, para desarrollar actividades bajo el rubro Despensa, verdulería y frutería, en el domicilio de la calle Moreno Nº 502 de la Localidad de Bahía Blanca.
ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 218/2024 a nombre de Julio Abraham Esteban ASSI, Contribuyente Nº 37494 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido: Archívese.-