Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº54

Resolución Nº 54

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 15/05/2024

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Asociación Empleados de Comercio solicita factibilidad para el desarrollo de los usos “Salón de fiestas” y “Estadio de basquet”, en el inmueble ubicado en calle Rodríguez 60 de la ciudad de Bahía Blanca, identificado catastralmente como: Circ. I - Secc. A - Mz. 40, Parcela 18 b y

CONSIDERANDO

Que el Departamento Planeamiento Urbano informa que se trata de dos salones de fiestas (uno con capacidad para 300 personas y otro para 80 personas) y un estadio de basquet. El inmueble mencionado pertenece según el Código de Planeamiento Urbano a la zona C1 (Microcentro Direccional), caracterizada como “Esta zona coincide con los ejes de partición del ejido y es soporte del más alto nivel de diversificación y densidad de equipamiento comercial e institucional”. La actividad solicitada “Estadio de Basquet” se califica según el Cuadro N° 1 de Usos según distritos del C.P.U. En el rubro Cultura Culto Esparcimiento: “Club social, cultural y deportivo, instalaciones cubiertas”, que para la zona C1 se encuentra permitido.-

Que la actividad “Salones de fiesta” se califica en el rubro Cultura Culto Esparcimiento, “Bar concert, salón de bailes, casa de fiestas”, que para la zona C1 se halla clasificado con (7), que establece: “La Comisión Asesora Permanente de Planeamiento debe efectuar en cada caso un estudio para determinar la conveniencia de la localización proyectada”.-

Que, de acuerdo a lo informado por el Departamento Planeamiento Urbano, se observa que el inmueble posee capacidad de estacionamiento vehicular; asimismo en el entorno predominan comercios entre viviendas unifamiliares y multifamiliares, entendiéndose viable lo solicitado.-

Que al respecto, la Comisión Asesora Permanente de Planeamiento con la presencia de la Directora de Planeamiento Urbano y los Colegios Profesionales de Arquitectos, Ingenieros, Agrimensores y Técnicos, en reunión plenaria volcada en el Acta 522, consideran viable otorgar factibilidad para el desarrollo de los usos “Salones de fiestas” y “Cancha de basquet” en el inmueble identificado catastralmente como: Circ. I - Secc. A - Mz. 40, Parcela 18 b, la cual debería quedar condicionada a:

  • No ampliar la actividad ni la superficie destinada para la misma por sobre lo estipulado en la solicitud.

  • Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada so pena de clausura automática.

  • Cumplimiento de la Ordenanza 10480.

  • Extender factibilidad por un plazo de 2 años.

Que en tal sentido se procede a otorgar la factibilidad solicitada mediante la Resolución Nº 10-491/2016, con fecha 16 de agosto de 2016, la cual a la fecha se encuentra vencida.

Que a los fines de prorrogar dicha factibilidad, la Asociación Empleados de Comercio de Bahía Blanca solicita dicha renovación el día 19 de octubre de 2023, cuya nota obra a fs. 310, dado que su institución se encuentra con los trámites de habilitación de dichos usos.

Que en consecuencia, el Subdirector de Planeamiento Urbano informa a fs. 327: "...atento a lo expuesto por el Departamento Planeamiento Urbano a fs. 326, y teniendo en cuenta que la Comisión Asesora Permanente de Planeamiento se ha manifestado a favor oportunamente a fs. 33 y 34 de las presentes actuaciones, que a fs. 323 obra dictamen legal de la Subsecretaría Legal y Técnica, que se ha corroborado que se han respetado los condicionantes de la Resolución Nº 10-491/2016, la cual se encuentra vencida, corresponde renovar la factibilidad solicitada para el desarrollo del uso “Salón de Fiesta” en el inmueble ubicado en calle Rodríguez 60 por un plazo de cuatro (4) años, respetando los mismos términos y condicionantes que la Resolución citada.

En cuanto al desarrollo del uso “Estadio de Básquet”, el mismo se encuentra permitido en la zona Microcentro Direccional (C1)..."

Por todo ello, la SECRETARIA PLANEAMIENTO URBANO, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,

- RESUELVE -

PRIMERO: Otorgar factibilidad para el desarrollo del uso “Salón de fiestas” en el inmueble ubicado en calle Rodríguez 60 de la ciudad de Bahía Blanca, identificado catastralmente como: Circ. I - Secc. A - Mz. 40, Parcela 18 b, perteneciente a la zona Microcentro Direccional (C1), del Código de Planeamiento Urbano, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución y las actuaciones obrantes en el expediente Nº 4007-1207/2019.-

SEGUNDO: La factibilidad autorizada en el Artículo 1º, se otorga por el término de cuatro (4) años, condicionada a:

  1. No ampliar la superficie destinada a la actividad por sobre lo estipulado en la solicitud actual;

  2. Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática;

  3. Dar cumplimiento a la Ordenanza 10480

TERCERO: Cúmplase; dése al R.O.; con nota de estilo notifíquese a la Asociación Empleados de Comercio remitiéndole copia autenticada de la presente Resolución, tomen conocimiento la Sudirección de Planeamiento Urbano, los Departamentos Planeamiento Urbano y Habilitaciones Comerciales. Hecho, RESÉRVESE.-