Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº55

Resolución Nº 55

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 16/05/2024

Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la firma Profertil S.A. presenta un concurso universitario donde estudiantes de la Universidad Nacional del Sur y la Universidad Tecnológica Nacional de Bahía Blanca presentan propuestas para la intervención de la plazoleta ubicada entre las calles Santiago Dasso, Guayaquil y Cabo Farina, y 

CONSIDERANDO

Que a fs. 7, obra acta de cierre de concurso y a fs. 8, la Mesa de Proyectos de Profertil indica que ha seleccionado el proyecto presentado por el grupo 1.

Que a fs. 52, el Departamento Electricidad y Mecánica informa que no encuentra ninguna observación que realizar al proyecto, aprobando el mismo e indicando que la contratista que ejecute la obra eléctrica se deberá comunicar con dicho Departamento para coordinar las inspecciones de los trabajos y sugiere autorizar la ejecución del proyecto en cuestión mediante resolución.

Que a fs. 53, el Departamento Territorial informa que el inmueble en cuestión se identifica catastralmente como: Circ.: II - Secc.: D - Ch.: 393 - Manzana: 393k, el cual es un Espacio Verde generado por plano 7-189/1963 propiedad de la Municipalidad de Bahía Blanca y que por Ordenanza 11674, se incorporó al Patrimonio Comunal y se le impuso el nombre "Plazoleta Nuestra Señora de Lujan".

 Que a fs. 60, la firma Profertil S.A. informa que ya se encuentra adjudicada la obra "Monumentos de acceso a localidad de Ingeniero White".

Que a fs. 61, la Subsecretaría de Espacios Públicos indica que no posee objeción alguna en cuanto a la implementación del monumento a efectuarse en la Plazoleta.

Por lo expuesto, la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,

- RESUELVE -

PRIMERO: Autorizar a la firma Profertil S.A. a realizar la obra del Monumento de acceso a localidad de Ingeniero White en el Espacio Verde identificado catastralmente como: Circ.: II - Secc.: D - Ch.: 393 - Manzana: 393k, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente y a los antecedentes obrantes en el expediente 639-10637/2023.-

SEGUNDO: La empresa contratista que ejecute la obra eléctrica deberá coordinar con el Departamento Electricidad y Mecánica para coordinar los trabajos.

TERCERO: Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tomen nota a sus efectos los Departamentos Territorial, Electricidad y Mecánica y demás dependencias municipales que correspondan. HECHO, ARCHÍVESE.-