Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº45

Resolución Nº 45

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 30/04/2024

Visto el memorándum que consta a fs. 1 emitido por la División de Jubilaciones y Pensiones, referido a que la agente Vargas, María Teresa, DNI 12.740.465, legajo 4244, dependiente del Departamento Catastro, se encuentra comprendida en los límites de la Ley 9650/1980, de la Provincia de Buenos Aires para obtener el beneficio de Jubilación por Edad Avanzada, y

CONSIDERANDO

Que a fs. 2, la agente en cuestión solicita el beneficio por el cual el Gobierno Municipal adelanta al personal que se acoja a la jubilación, importes mensuales a reintegrar oportunamente por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, una vez finalizado el trámite y concedida la jubilación y agrega que presta su conformidad y faculta al mencionado instituto para retener de sus haberes las sumas adelantadas en tal concepto.

Que por otro lado, la agente autoriza, en caso de verse perjudicada, a modificar por parte de este Municipio el porcentaje del Beneficio solicitado precedentemente, en concordancia con los Decretos 561/1996 y 659/1996 del expediente 260-6658/1996.

Que a fs. 8, consta imputación por parte de la Subdirección Presupuesto y Contaduría General.

Que asimismo, a fs. 10, la agente en cuestión solicita prorroga hasta el 31/12/2024 a efectos de no verse perjudicada en el porcentaje de la jubilación Expediente 261-1351/2024, hasta que el Consejo Escolar informe sobre la digitalización de los servicios prestados.

Que a fs. 25, Asesoría Letrada entiende que no corresponde hacer lugar a la prórroga solicitada precedentemente por la agente en cuestión, ya que el fundamento de la petición es una cuestión ajena a la Municipalidad de Bahía Blanca.

Que a fs. 28, la Subdirectora de Catastro solicita la baja de la agente en cuestión a partir del día 01/05/2024.

Que a fs. 29, el Departamento Personal no encuentra inconveniente con respecto a lo solicitado precedentemente, por lo que sugiere que se efectúe la baja de la agente Vargas, María Teresa, D.N.I 12.740.465, legajo Nº 4.244, dependiente del Departamento Catastro (oficina 224), Categoría 5/2A, a partir del día 01/05/2024, teniendo en cuenta que la agente en cuestión se acogerá a los beneficios jubilatorios por Edad Avanzada, y atento a lo establecido en el art. 63 C.C.T.M.B.B., y Decretos 561/1996 y 659/1996 - Expediente 260-6658/1996, hacer lugar a lo solicitado por la agente a fs. 2 otorgándole a la mencionada un Anticipo Jubilatorio consistente en el 50% de su remuneración mensual, habitual y permanente.

Que Conforme a la última escala de sueldos vigente al momento del cese, en el presente caso, categoría 5/2A.1,  le corresponde una liquidación del 50% de $749.058,92, cuyo monto sería de $374.371,77 (PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS), los cuales serán abonados a partir del 01/05/2024, como adelanto de su haber jubilatorio, suma que será deducida al liquidarse este último por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

Que a fs. 30, la Dirección Obra Social Personal Municipal informa que la agente en cuestión no posee deuda pendiente con la misma.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- RESUELVE -

PRIMERO: Dar de baja a la agente VARGAS, MARÍA TERESA, DNI 12740465, CUIL 27-12740465-3, Legajo 4244, Categoría 5/2A, dependiente del Departamento Catastro (Oficina 224), para acogerse a los beneficios de la Jubilación por Edad Avanzada, dentro de los alcances de la Ley N°9.650; a partir del día 1 de mayo de 2024.

SEGUNDO: Hacer lugar a lo solicitado por la agente VARGAS, MARÍA TERESA, DNI 12740465, CUIL 27-12740465-3, Legajo 4244, dependiente del Departamento Catastro (Oficina 224), autorizando al Departamento Administración de Personal a liquidar a favor de la nombrada, la suma de $374.371,77 (PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS), equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su remuneración mensual, habitual y permanente, conforme a la escala de sueldos correspondiente, en carácter de anticipo jubilatorio, a partir del 1 de mayo de 2024.

TERCERO: Dejar constancia que todas las actuaciones obrantes en el Legajo N° 4.244, responden al nombre de VARGAS, MARÍA TERESA, DNI 12740465, CUIL 27-12740465-3, nacida el 08/11/1958.

CUARTO: Autorizar al Departamento Administración del Personal a adecuar la suma indicada en el Articulo 2º conforme a la escala de sueldos vigente al momento de realizar la liquidación correspondiente.

QUINTO: Hágase saber a la agente VARGAS, MARÍA TERESA, DNI 12740465, que deberá proceder a la devolución de la/las credenciales de la Dirección de Obra Social del Empleado Municipal.

SEXTO: El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000 Cat Prog 01.01.00, Gasto 6210 y Fuente 110, Jurisdicción 1110124000, Cat Prog 01.01.00, Gasto 1172.

SEPTIMO: Refrende la presente el Director de la Agencia de Innovación, Desarrollo Productivo y Urbanismo.

OCTAVO: Cúmplase, notifiquese, tome nota el Departamento Administración de Personal, División Jubilaciones y Pensiones, las Subdirecciones Catastro, Capital Humano, Presupuesto, Contaduría General, dése al R.O., y ARCHÍVESE.-