Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº63

Resolución Nº 63

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 12/03/2024

Visto el presente expediente iniciado para el pago de la factura 00001-00000213 a la Escribana Ana Clara Vergara, de fecha 14 de febrero de 2024, correspondiente a la confección de un acta de constatación del estado del inmueble ubicado en Avenida Cerri 757, donde funcionó el Tribunal Municipal de Faltas hasta el 30 de noviembre de 2023: y

CONSIDERANDO

Que habiendo finalizado el contrato oportunamente celebrado por el alquiler del mencionado inmueble, el señor Rodrigo Hernán Gómez, Socio Gerente de la firma Aros de Plata S.R.L., propietaria del bien, efectuó un reclamo por los daños encontrados en la propiedad.-

Atendiendo dicho reclamo y ante la negativa del señor Gómez de recibir las llaves del inmueble y dar por terminada la locación; se procedió a solicitar, el dìa 18 de enero de 2024, la presencia de la Escribana para el labrado de un acta de constatación que refleje el estado de la propiedad.- 

Que a esa fecha aun no se había realizado el sorteo de escribanos para la selección del profesional actuante para trámites corrientes durante 2024, motivo por el cual y atento la urgencia del caso según informe que corre a fs.8, se recurrió a la mencionada profesional.-

Que a fs.6, la Contaduría General informa que la presente contratación se observa por "incumplimiento del proceso de contratación" (artículo 123º del Reglamento de Contabilidad), por lo que se insiste con el trámite de pago; por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º)- Ordenar al Departamento Contaduría General a liquidar la suma TOTAL DE PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) a la Escribana Ana Clara Vergara, C.U.I.T. Nº 27-24924608-0, según factura B nro.00001-00000213, de fecha 14 de febrero de 2024, por la confección de un acta de constatación del estado del inmueble ubicado en Avenida Cerri 757, donde funcionó el Tribunal Municipal de Faltas hasta el 30 de noviembre de 2023, en un todo acuerdo con el considerando de la presente.-

ARTÍCULO 2º)- El gasto que demande lo dispuesto en artículo precedente deberá ser imputado a la Fuente de Financiamiento:110, Jurisdicción: 1110104000, Categoría Programática: 01.01.00, Gasto: 3.4.3.0, del presupuesto de gastos vigente.-

ARTÍCULO 3º)- Cúmplase, tomen conocimiento la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, Subsecretaría de Deportes; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-