Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1372
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 08/05/2024
Visto las presentes actuaciones, originadas por la Subsecretaría de Niñez, adolescencia y familia dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, referidas a la adquisición de útiles para la Casa de Abrigo 1, Hogar Peumayen, Casa de Abrigo 2, Cantilo, Hogar del Adolescente, Sueño de Barrilete y C. de Cap. y Promoc. VILLA MIRAMAR, y;
CONSIDERANDO:
Que se efectuó la correspondiente Licitación Privada Nº1503/2024, recibiéndose las propuestas económicas válidas de tres (3) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las siete (7) invitadas a cotizar según consta en los certificados de notificación adjuntos de fojas 58 a 65;
Que a fojas 55 la Subsecretaría de Niñez, adolescencia y familia detalla las instituciones donde se entregará la mercadería y sus responsables, siendo: CASA ABRIGO I: Valeria Vaucheret (legajo Nº13.587); H. PEUMAYEN: Elena Iribarra (legajo Nº13.997); CASA ABRIGO 2: Estrella Saez (legajo Nº16.403); H. CANTILO: Marianella Migliavaca (legajo Nº16.428); S. BARRILETE: Alejandra Martin (legajo Nº6.989); CASITA DE MIRAMAR: Monica Angelini (legajo Nº12.335); y H.D. ADOLESCENTE: Melisa Hirsch (legajo Nº15.505);
Que a fojas 167 obra Acta de Apertura en la que se presentaron las firmas: VERCELLINO LILIANA VERONICA, total de la oferta económica $14.706.100; MAG Y CIA S.R.L., no cumple con el inciso g) del artículo 2 de cláusulas especiales del pliego de bases y condiciones, total de la oferta económica $22.808.405; y LA LIBRERIA DON BOSCO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, no cumple con el inciso g) del artículo 2 de cláusulas especiales del pliego de bases y condiciones, total de la oferta económica $26.497.338;
Que a fojas 169 el Departamento Compras deja constancia que la firma MAG Y CIA S.R.L. subsanó en tiempo y forma su observación respecto al artículo 2º de las Cláusulas Especiales del Pliego de Bases y Condiciones, en tanto que LA LIBRERIA DON BOSCO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA no lo hizo, quedando factibles de ser evaluadas las ofertas de los proveedores: VERCELLINO LILIANA VERONICA y MAG Y CIA S.R.L.;
Que a fojas 187 el Departamento Compras informa que se solicitó a los proveedores volver a cotizar el ítem Nº35 por empate y, al no recibir respuesta, se adjudicó por sorteo a la firma MAG Y CIA S.R.L.;
Que a fojas 203 el Departamento Compras sugiere se adjudique a VERCELLINO LILIANA VERONICA (Proveedor Nº5072) la provisión de los ítems Nº1, 2, 5 a 7, 9 a 11, 14, 17, 20 a 22, 25, 26, 29 a 33, 36, 38, 40, 43, 47, 49 a 51, 53, 55 a 60, 62, 64 a 68, 74 a 85, 87, 88, 91, 93, 94, 96, 100 a 106, 112, 116 a 118, 121, 125, 126, 132 a 134, 137 a 142, 145, 151, 152, 154 y 156 a 159, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado, y la provisión de los ítems Nº61, 70, 119, 136 y 144 por única oferta, por un importe total de $6.315.151, y a MAG Y CIA S.R.L. (Proveedor Nº6401) la provisión de los ítems Nº3, 13, 15, 18, 19, 28, 34, 37, 41, 42, 44, 63, 71 y 114, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado, la provisión de los ítems Nº4, 8, 12, 23, 24, 69, 86, 89, 95, 108, 120, 123 y 129, por única oferta, y la provisión del ítem Nº35 por sorteo por un importe total de $4.891.570. Asimismo se informa que los ítems Nº122, 127, 128 y 150 no se adjudican por no haberse recibido ofertas para los mismos, los ítems Nº 27, 107, 130, 131, 135, 153 y 155 no se adjudican porque las propuestas recibidas no cumplen con lo solicitado, y los ítems Nº16, 39, 45, 46, 48, 52, 54, 72, 73, 90, 92, 97, 98, 99, 109, 110, 111, 113, 115, 124, 143, 146, 147, 148 y 149 no se adjudican por haber superado ampliamente el preventivo;
Por ello, atento a la comparativa de ofertas de fojas 174 a 186, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
- DECRETA -
ARTICULO 1º)- Adjudicar a VERCELLINO LILIANA VERONICA (Proveedor Nº5072) la provisión la provisión de los ítems Nº1, 2, 5 a 7, 9 a 11, 14, 17, 20 a 22, 25, 26, 29 a 33, 36, 38, 40, 43, 47, 49 a 51, 53, 55 a 60, 62, 64 a 68, 74 a 85, 87, 88, 91, 93, 94, 96, 100 a 106, 112, 116 a 118, 121, 125, 126, 132 a 134, 137 a 142, 145, 151, 152, 154 y 156 a 159, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado, y la provisión de los ítems Nº61, 70, 119, 136 y 144 por única oferta conveniente a los intereses municipales, por un importe total de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO ($6.315.151.-).-
ARTICULO 2º)- Adjudicar a MAG Y CIA S.R.L. (Proveedor Nº6401) la provisión de los ítems Nº3, 13, 15, 18, 19, 28, 34, 35, 37, 41, 42, 44, 63, 71 y 114, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado, y la provisión de los ítems Nº4, 8, 12, 23, 24, 69, 86, 89, 95, 108, 120, 123 y 129, por única oferta conveniente a los intereses municipales, por un importe total de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA ($4.891.570.-).-
ARTICULO 3º)- Dejase constancia que los ítems Nº122, 127, 128 y 150 no se adjudican por no haberse recibido ofertas para los mismos, los ítems Nº 27, 107, 130, 131, 135, 153 y 155 no se adjudican porque las propuestas recibidas no cumplen con lo solicitado, y los ítems Nº16, 39, 45, 46, 48, 52, 54, 72, 73, 90, 92, 97, 98, 99, 109, 110, 111, 113, 115, 124, 143, 146, 147, 148 y 149 no se adjudican por haber superado ampliamente el preventivo.-
ARTICULO 4º)- Dejase constancia que los agentes responsables de recepción, control y entrega de la mercadería objeto de esta licitación serán: CASA ABRIGO I: Valeria Vaucheret (legajo Nº13.587); H. PEUMAYEN: Elena Iribarra (legajo Nº13.997); CASA ABRIGO 2: Estrella Saez (legajo Nº16.403); H. CANTILO: Marianella Migliavaca (legajo Nº16.428); S. BARRILETE: Alejandra Martin (legajo Nº6.989); CASITA DE MIRAMAR: Monica Angelini (legajo Nº12.335); y H.D. ADOLESCENTE: Melisa Hirsch (legajo Nº15.505), en un todo de acuerdo al Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 5º)- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHÍVESE.-