Boletines/Tandil

Decreto Nº1561/2024

Decreto Nº 1561/2024

Tandil, 17/05/2024

Visto

La solicitud de exención del pago de los Derechos de Construcción presentado por la COOPERATIVA AGROPECUARIA DE TANDIL LTDA., la Ordenanza Nº 5349, los artículos 151º bis de la Ordenanza Fiscal y 58º y 59º de la Ordenanza Impositiva vigentes;

Considerando

Que la empresa COOPERATIVA AGROPECUARIA DE TANDIL LTDA con CUIT 30-50836064-5 ha solicitado exención del pago de los Derechos de Construcción de expediente N° 7548/2023 y 241/2021, de los inmuebles sito en el Parque Industrial Tandil, identificados catastralmente como Circunscripción X, Parc. 1100 MF (Cta. 45447/005) y Circunscripción III, Parc. 474 A (Cta. 41031/000), respectivamente.

Que la Ordenanza Fiscal vigente autoriza a Eximir del pago del Derecho de Construcción a las obras reglamentarias o la parte proporcional reglamentaria según corresponda

Que, según informe de obras privadas adjunto en orden 9, el monto en las presentes actuaciones respecto al inmueble de cuenta 45447/00 asciende a pesos dos millones trescientos cuarenta y dos mil trescientos sesenta y ocho ($ 2.342.368,00) correspondiente a una construcción reglamentaria, y pesos nueve millones trescientos sesenta y nueve mil cuatrocientos setenta y dos ($ 9.369.472,00) correspondiente a una construcción no reglamentaria.

Que, asimismo, según mismo informe de orden 9 de obras privadas adjunto, el monto en las presentes actuaciones respecto al inmueble de cuenta 41031/000 asciende a pesos tres millones ciento treinta mil seiscientos nueve con 77/100 ($ 3.130.609,77) correspondiente a una construcción reglamentaria, y pesos once millones doscientos setenta mil ciento noventa y cinco con 47/100 ($11.270.195,47) correspondiente a una construcción no reglamentaria.

Que la Secretaria de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales en el marco de la ordenanza de promoción industrial Nº 5349, informa en orden 3, que la voluntad de la misma es alentar y acompañar el desarrollo de las empresas que lleven adelante actividad industrial y en la medida de lo posible brindarle acceso a aquellos beneficios que así lo permitan.

Que al respecto tomado debida intervención la Agencia de Ingresos Municipales indicando la correspondencia del beneficio solicitado.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Exímase a la Cooperativa Agropecuaria de Tandil LTDA., CUIT 30-50836064-5 del pago del Derecho de Construcción del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción X, Parc. 1100 MF (Cta. 45447/005), cuyo monto asciende a la suma de Pesos dos millones trescientos cuarenta y dos mil trescientos sesenta y ocho ($ 2.342.368,00) correspondiente a la parte proporcional de construcción reglamentaria. Deniégase el pedido de exención del pago de los derechos de construcción de carácter antirreglamentario, que ascienden a la suma de Pesos nueve millones trescientos sesenta y nueve mil cuatrocientos setenta y dos ($ 9.369.472,00) del inmueble mencionado.

Artículo 2º: Exímase a la Cooperativa Agropecuaria de Tandil LTDA con CUIT 30-50836064-5 del pago del Derecho de Construcción del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción III, Parc. 474 A (Cta. 41031/000), cuyo monto asciende a la suma de Pesos tres millones ciento treinta mil seiscientos nueve con 77/100 ($ 3.130.609,77) correspondiente a la parte proporcional de construcción reglamentaria. Deniégase el pedido de exención del pago de los derechos de construcción de carácter antirreglamentario, que ascienden a la suma de pesos once millones doscientos setenta mil ciento noventa y cinco con 47/100 ($11.270.195,47) del inmueble mencionado.

Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.

Artículo 4°: Regístrese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Direcciones de la Agencia de Ingresos Municipales: Dirección de Rentas y Finanzas y de Ingresos Públicos, Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Dirección de Desarrollo Urbano, área de Obras Privadas, Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales, Contaduría General y oportunamente pase a “Guarda Temporal”.

Firma Digital: Claudio Alberto Biset (Secretario)            -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

             Secretaría de Economía y Administración              -                     Intendencia