Boletines/Magdalena

Decreto Nº1689

Decreto Nº 1689

Magdalena, 17/11/2023

Visto

La nota presentada por la SOCIEDAD BOMBEROS VOLUNTARIOS MAGDALENA, obrante a fs. 1 del expte letra B Nº 1261/23, en la cual solicitan autorización para poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, UNA RIFA, y

Considerando

 Que de acuerdo al informe de la Dirección de Producción, Medio Ambiente y Turismo se cumplimentaron los requisitos legales exigidos, por la ley.-                               

Por ello,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE AD REFERENDUM  DEL  HCD a la SOCIEDAD BOMBEROS VOLUNTARIOS MAGDALENA, a poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, una rifa de  1620 números, los cuales su valor variara según los números adquiridos   

  • CUATRO NUMEROS: de cuatro cifras $20.000 anual con un valor mensual de $ 2000 (dos mil), emitiéndose un total de 1.000 boletos.
  • OCHO NUMEROS: de cuatro cifras $40.000 anual con un valor mensual de $ 4.000 (cuatro mil), emitiéndose un total de 500 boletos.
  • DOCE NUMEROS: de cuatro cifras $60.000 anual con un valor mensual de $ 6.000 (seis mil), emitiéndose un total de 100 boletos.
  • VEINTE NUMEROS: de cuatro cifras $100.000 anual con un valor de $ 10.000 (diez  mil), emitiéndose un total de 20 boletos.

Los sorteos serán por la Quiniela Nocturna de la Lotería de la Provincia de Buenos Aires y en todos se jugaran  las cuatro cifras

PREMIO SEMANAL: (Se sorteara los primeros tres viernes de cada mes.)

1° Premio Semanal: $20.000 (VEINTE MIL)

PREMIO MENSUAL:

1º Premio Mensual: $  120.000 (CIEN MIL)

SORTEO FINAL:

Primer premio pesos cuatro millones con 00/100 ($4.000.000)

Segundo Premio pesos tres millones con 00/100  ($3.000.000)

Tercer premio  pesos un millón con 00/100 ($1.000.000)

Por pago al contado  el premio será de un millón 00/100 ($1.000.000), el cual se sorteará en la última jugada de la quiniela Nocturna de la Provincia de Buenos Aires  del Mes de Julio de 2024.

ARTÍCULO 1: AUTORICESE a la Sociedad de Bomberos Voluntarios  Magdalena a poner en circulación desde Noviembre del 2023 al 31 de Diciembre del 2024 una rifa de 1620 números.

ARTÍCULO 2º: La entidad deberá depositar en una Entidad Bancaria Oficial el 25% de lo recaudado a fin de garantizar la existencia de los premios a entregar.-

ARTÍCULO 3º: La SOCIEDAD DE BOMBEROS MAGDALENA deberá publicar en un diario de amplia difusión en la zona, los números favorecidos con los nombres de los poseedores, debiendo remitir la publicación a la Comuna.-

ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.-

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.-

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno