Boletines/Suipacha

Decreto Nº229/2018

Decreto Nº 229/2018

Suipacha, 28/05/2018

Visto

El Día del Periodista y la destacada labor que desarrolla la Radio Pública Suipacha, inaugurada el día 7 de Junio de 2013; y

Considerando

Que este 7 de Junio se conmemora el Día Del Periodista y se cumple el 5º Aniversario de la Creación de la Radio;  

Que el Día del Periodista fue establecido en 1938 por el Primer Congreso Nacional de Periodistas celebrado en Córdoba, en recuerdo del primer medio de prensa con ideas patrióticas; 

Que el 7 de Junio de 1810 Mariano Moreno fundó la “Gazeta de Buenos Ayres” primer periódico de la etapa de la Independencia Argentina. La Primera Junta indicó por decreto su fundación por ser necesario anunciar al público los actos oficiales y las noticias exteriores y locales. Sus primeros redactores fueron Mariano Moreno, Manuel Belgrano y Juan José Castelli;

Que en nuestra comunidad existe una importante cantidad de medios de comunicación destinados a las diversas expresiones sociales, culturales, políticas y musicales, ya sean gráficos televisivos o escritos;

Que cada vecino de esta ciudad pudo participar en un espacio gratuito, desarrollar, expresar y comunicar sus ideas;

Que por lo expuesto, es necesario dictar el siguiente acto administrativo, por ello, el suscripto,

Intendente Municipal del Partido,

En uso de sus atribuciones decreta

Artículo 1º: Declárase de Interés  Municipal  el “Día  del Periodista” en nuestra ciudad el próximo 7 de Junio del corriente.

Artículo 2º:  Declárase  de  Interés  Municipal  el 5º Aniversario de la Radio Pública Suipacha el próximo 7 de Junio de 2018.

Artículo 3º:  Destáquese la labor de todos los medios de comunicación de nuestra comunidad, todos de vasta trayectoria y reconocimiento dentro de la comunidad.

Artículo 4º: Autorízase  a  la  Contaduría  Municipal  a  realizar  los  gastos  que  surjan  con  motivo de la implementación  citada en el Artículo 1º.

Artículo 5º: El gasto que demande lo establecido  en  el  Artículo 1° se  imputará  a   la siguiente partida:

1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero

1100000000 – Administración Municipal

1110000000 – Administración Central

1110100000 - Departamento Ejecutivo  

11101013000 – Secretaría de Cultura y Educación

17- Difusión de la Cultura y Educación

02- Otras Actividades Culturales y de Recreación

Artículo 6º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno y Control de Gestión.

Artículo 7º: Comuníquese, cúmplase, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.