Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0452/24
Coronel Pringles, 26/03/2024
Visto
el Expediente N° 0578/24 iniciado por el Sr. Rossi Oscar, Secretario de Desarrollo; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita se le compense al Sr. Luis Alberto Sánchez DNI Nº 5.519.140, la suma de $1.284.692,80 por aportar tosca de su Establecimiento “Cambá Porá” para el relleno de pantanos y entoscados de zonas anegadas en las cuotas venideras correspondientes a la Tasa de Red Vial de la Partidas N° 10582/00, 10583/00 y 04327/22;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 186 y 187 de la Ordenanza Fiscal vigente, que dice “Cualquier contribuyente que voluntariamente ponga a disposición piedra (tosca) para la consolidación de calles o caminos rurales, recibirán un descuento proporcional al volumen de material extraído. Se establece como valor del metro cubico de piedra, el equivalente de hasta tres (3) litros de gasoil grado dos del proveedor oficial (YPF). Al momento de finalizar la extracción de cuantificaran los metros cúbicos extraídos de piedra y el ente Municipal que resulte Autoridad de Aplicación deberá emitir un certificado donde consta la cantidad de material extraído a su correspondiente valor fiscal, importe que se podrá tomar como pago a cuenta de la tasa correspondiente (Texto modificado por Ordenanza 4511/18”…”;
Que a fs. 4 el Secretario de Desarrollo adjunta el certificado de extracción por 600 metros cúbicos;
Que a fs. 13 la Oficina de Recaudación, autoriza a cubrir montos de dichas Partidas;
Que por tal motivo correspondería proceder a compensar el monto por a la Tasa de Red Vial ($159.488,16) a la Partida N° 10582/00 en cuotas 03/24, 04/24, 05/24, 06/24, 07/24, 08/24, 09/24 y 10/24 y un parcial en la cuota 11/24 por la suma de ($6.645,44); compensar el monto por a la Tasa de Red Vial (416.312,48) a la Partida Nº 10583/00 en cuotas 03/24, 04/24, 05/24, 06/24, 07/24, 08/24, 09/24 y 10/24 y un parcial en la cuota 11/24 por la suma de ($17.353,52); compensar el monto por a la Tasa de Red Vial (657.486,48) a la Partida Nº04327/00 en cuotas 03/24, 04/24, 05/24, 06/24, 07/24, 08/24, 09/24 y 10/24 y un parcial en la cuota 11/24 por la suma de ($27.406,72) dichas sumas se deberán imputar a las Partidas antes mencionadas a cuotas venideras del presente ejercicio, lo que así dictaminaron la Contaduría Municipal y la Dirección de Ingresos Públicos y Cobranzas;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1: Compénsense la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON OCHENTA CENTAVOS ($1.284.692,80) por aportar tosca en las siguientes Tasas de Red Vial, Partida N° 10582/00 la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON DIECISEIS CENTAVOS ($159.488,16) en las cuotas 03/24, 04/24, 05/24, 06/24, 07/24, 08/24, 09/24 y 10/24 y un parcial en la cuota 11/24 por la suma de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($6.645,44); compensar el monto a la Tasa de Red Vial Partida Nº 10583/00 por la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS DOCE CON CUAERENTA Y OCHO CENTAVOS ($416.312,48) en las cuotas 03/24, 04/24, 05/24, 06/24, 07/24, 08/24, 09/24 y 10/24 y un parcial en la cuota 11/24 por la suma de PESOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($17.353,52); compensar el monto a la Tasa de Red Vial Partida Nº 04327/00 la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($657.486,48) en las cuotas 03/24, 04/24, 05/24, 06/24, 07/24, 08/24, 09/24 y 10/24 y un parcial en la cuota 11/24 por la suma de PESOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTO SEIS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($27.406,72) antes mencionadas a las cuotas venideras del presente ejercicio, al Sr. SANCHEZ Luis Alberto DNI 5.519.140 propietario del Establecimiento Cambá Porá, ubicado en el Cuartel XI del Partido de Coronel Pringles, de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente, en el marco del Artículo 186 y 187 de La Ordenanza Fiscal vigente.
ARTÍCULO 2: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO N° 0452/24.