Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0358/24
Coronel Pringles, 07/03/2024
Visto
Y
Considerando
el Expediente N° 0311/24, iniciado por la Directora de Cultura Sra. Cavallaro M. Eugenia, mediante el cual solicita la contratación de los profesores que dictarán clases en la “Escuela Municipal de Música”, a partir del 01/03/24 hasta el 31/12/24, en el marco del Decreto Nº 0255/24 y en virtud a la declaración de incompetencia suscripta por dicha Dirección se considera la contratación solicitada en el marco del artículo 148º de la L.O.M; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Dirección de Cultura, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra del Profesor MARIN Matías, D.N.I. Nº 38.231.951, para dictar clases de Guitarra Eléctrica (5 horas semanales), y Articulación entre Talleres- Practica Musical (2 horas semanales), en la “Escuela Municipal de Música”, abonándosele a partir del 01/03/2024 y hasta el 30/06/2024 un valor de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00) la hora, a partir del 01/07/2024 y hasta el 30/09/2024, el valor hora será de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500,00) y desde el 01/10/2024 hasta el 31/12/24, el valor hora será de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($4.375,00).
ARTICULO 3°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra del Profesor CICCOCIOPPO Mauricio, D.N.I. Nº 42.416.281, para dictar clases de Bajo (4 horas semanales) y Batería (7 horas semanales) en la “Escuela Municipal de Música”, abonándosele a partir del 01/03/2024 hasta el 30/06/2024 un valor de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,0)0 la hora, a partir del 01/07/2024 y hasta el 30/09/2024, el valor hora será de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500,00) y desde el 01/10/2024 hasta el 31/12/2024 el valor hora será de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($4.375,00).
ARTICULO 4°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra del Profesor GONZALEZ Tomas Ignacio, D.N.I. Nº 35.395.996, para dictar clases de Guitarra Clásica (8 horas semanales), Músico acompañante Practica Oral (2 horas semanales) y Practica Orquestal (2 horas semanales) en la “Escuela Municipal de Música”, abonándosele a partir del 01/03/2024 y hasta 30/06/2024 un valor de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00) la hora, a partir del 01/07/2024 y hasta el 30/09/2024 el valor de la hora será de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500,00) y desde el 01/10/2024 hasta el 31/12/24 el valor de la hora será de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($4.375,00).
ARTICULO 5°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra del Profesor TUDELA Javier Elías, D.N.I. Nº 27.388.252, para dictar clases de Piano (10 horas semanales), Producción Musical (2 horas semanales) y Articulación entre Talleres- Practica Musical (2 horas semanales), abonándosele a partir del 01/03/2024 y hasta el 30/06/2024 un valor de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00) la hora, a partir del 01/07/2024 y hasta el 30/09/2024 el valor de la hora será de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500,00) y desde el 01/10/2024 hasta el 31/12/2024, el valor de la hora será de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($4.375,00).
ARTICULO 6°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra del Profesor CASEY Leandro, D.N.I. Nº 29.451.446, para dictar clases de Canto en Coronel Pringles (10 horas semanales), clases de Canto en Indio Rico (4 horas semanales) y Taller Musical para la Tercera Edad (1 hora semanal) en la “Escuela Municipal de Música”, abonándosele a partir del 01/03/2024 y hasta el 30/06/2024 un valor de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00) la hora, a partir del 01/07/2024 y hasta el 30/09/2024, a un valor de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500,00) la hora y desde el 01/10/2024 hasta el 31/12/2024, el valor de la hora será de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($4.375,00).
ARTICULO 7: Autorícese la contratación mediante locación de Obra de la Profesora LASTRE Agustina, D.N.I. Nº 41.568.083, para dictar clases de Iniciación Musical (6 horas semanales) y Ukelele (3 horas semanales) en la “Escuela Municipal de Música”, abonándosele a partir del 01/03/2024 y hasta el 30/06/2024 un valor de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00) la hora, a partir del 01/07/2024 y hasta el 30/09/2024 a un valor de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500,00) la hora y desde el 01/10/2024 hasta el 31/12/2024, el valor de la hora será de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($4.375,00).
ARTICULO 8°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra de la Profesora ARANCEDO Mailen, D.N.I. N° 43.197.312, para dictar clases de Violín (10 horas semanales) en la “Escuela Municipal de Música”, abonándosele a partir del 01/03/2024 y hasta el 30/06/2024 un valor de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00) la hora, a partir del 01/07/2024 y hasta el 30/09/2024 a un valor de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500,00) la hora y desde el 01/10/2024 hasta el 31/12/2024, el valor de la hora será de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($4.375,00).
ARTICULO 9°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra del Profesor ORBE Leandro, D.N.I. N° 32.900.570, para dictar clases de Lenguaje Musical (5 horas semanales) en la “Escuela Municipal de Música”, abonándosele a partir del 01/03/2024 y hasta el 30/06/2024 un valor de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00) la hora, a partir del 01/07/2024 y hasta el 30/09/2024 a un valor de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500,00) la hora, y desde el 01/10/2024 hasta el 31/12/2024, el valor de la hora será de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($4.375,00).
ARTICULO 10°: Lo dispuesto en los Artículos precedentes se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo” – Categoría Programática 29.01.00 “Dirección de Cultura- F. Ordinarios” – Partida 3.4.9.0 “Servicios Técnicos y Profesionales” “Otros” – Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro municipal”.
ARTICULO 11°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0358/24.