Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0316/24
Coronel Pringles, 29/02/2024
Visto
el Expediente N° 0401/24 caratulado “ROLDAN RAMON FRANCISCO REF. ACREDITA DERECHOS DE TITULARIDAD”; y
Considerando
Que a fs. 1 se presenta el Sr. Roldan Ramón Francisco, D.N.I N° 40.809.901 solicitando la conexión de red cloacal, manifestando que se encuentra realizando acciones posesorias desde hace más de 8 años sobre el inmueble ubicado en calle Italia N° 2.016 identificado catastralmente como circunscripción XIII, Sección A, Manzana 94, Parcela 3-c. Asimismo el solicitante refirió que iniciaría acciones correspondientes de adquisición de dominio a su favor por posesión veinteñal; Que a fs. 4 la Asesoría Legal dictaminó que lo solicitado por el Sr. Roldan Ramón Francisco podría constituir un presupuesto de prueba anticipada que podría utilizarse oportunamente en ámbito judicial;
Que la prueba anticipada es una herramienta netamente judicial (art.326 CPCC), y que este Municipio desconoce si el solicitante se encuentra ocupando efectivamente el terreno con Animus Domini, presupuesto esencial para pretender adquirir un inmueble por prescripción de dominio;
Que la cuestión suscitada es netamente entre particulares, en la cual el Municipio no tiene injerencia, por lo que la cuestión planteada deberá dirimirse en la Justicia;
Que la Asesoría Legal entiende que no correspondería hacer lugar a lo solicitado debiendo ocurrir por la vía que corresponda, a fin de evitar que con un acto administrativo se quebranten derechos de propiedad del titular registral del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 94, Parcela 3-c;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Deniéguese lo solicitado en los autos caratulado “ROLDAN RAMON FRANCISCO REF. ACREDITA DERECHOS DE TITULARIDAD”, no correspondiendo que con un acto administrativo se quebranten derechos de propiedad del titular registral, debiendo ocurrir por la vía que corresponda.
ARTICULO 2°: Notifíquese de todo lo actuado en el presente.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0316/24.