Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 365
Chacabuco, 16/02/2024
OTORGANDO UN SUBSIDIO AL CONSEJO ESCOLAR.-
Visto
la nota presentada por el Consejo Escolar de Chacabuco, por la cual solicita se estudie la posibilidad de otorgar un subsidio no reintegrable que será destinado a solventar el pago de gastos de cancelación facturas imputables a la cuenta Fondo Compensador por la adquisición y contratación de bienes y servicios para llevar a cabo mantenimiento de infraestructura escolar correspondiente a los meses de noviembre – diciembre 2.023.
Considerando
Viable lo solicitado.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Otorgar al CONSEJO ESCOLAR CHACABUCO, un subsidio no reintegrable por la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL ($1.400.000,00) para solventar el pago de gastos de cancelación facturas imputables a la cuenta Fondo Compensador por la adquisición y contratación de bienes y servicios para llevar a cabo mantenimiento de infraestructura escolar correspondiente a los meses de noviembre – diciembre 2.023.
ARTÍCULO 2º: Autorízase a la Tesorería Municipal a realizar la transferencia del importe indicado en el artículo 1º a la cuenta Razón Social: Consejo Escolar, Banco de la Provincia de Buenos Aires, CBU: 0140330301644102002954.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior, será imputado por Contaduría Municipal a la Partida de RAFAM (Fondo Educativo).
ARTÍCULO 4º: La beneficiaria deberá rendir cuenta en forma y plazo legal el destino de los fondos recibidos.
ARTÍCULO 5º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Chacabuco, 16 de febrero de 2.024.-