Boletines/Guaminí

Decreto Nº215

Decreto Nº 215

Guaminí, 13/03/2024

Visto

El servicio Banca Internet para empresas de BANCO MACRO ofrecido para nuestro municipio; y

Considerando

Que en el mes de marzo del año en curso, se han reunido los funcionarios del Banco Macro con los funcionarios de nuestro municipio, viendo así que la implementación del servicio ofrecido generará calidad, agilidad y eficiencia para la gestión municipal.-

 

          Que con la adhesión se podrá principalmente:

 Administrar todas la cuentas

 Visualizar movimientos en tiempos real

 Descargar archivos de rendición

 Descargar liquidaciones diarias

 Realizar pagos varios

 Efectuar trasferencias electrónicas inmediatas

 Constituir inversiones (Plazo fijo, FCI)

 Apertura de cuentas institucionales

 Realizar cobro de tasas y otros servicios municipales a través del código QR

 Realizar cobro de tasas y otros servicios municipales a través de Macro Click de Pago

 Complementar la recaudación mediante terminales POS con el servicio de retiro de Efectivo Extra Cash

 Realizar pagos BtoB Entidades

 Gestionar  la Tarjeta Corporativa Macro

 Solicitar asesoramiento comercial

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

D E C R E T A

ARTICULO 1: Adherir al Municipio de Guaminí al servicio de Banca ------------------------ Internet de Banco Macro a partir del 13 de marzo de 2024.-----------------------------------------------------------------------------------

                                                                                                        ///

 

 

 

 

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ARTÍCULO 2: Las operaciones a realizar mediante la Banca Internet ------------------------ serán sin límite de monto.--------------------------------------

 

ARTICULO 3: Quedan debidamente autorizados a operar este servicio:

  • la Tesorera Municipal Marisol Masiero, DNI: 22.888.159.-
  • el Secretario de Hacienda Municipal Juan Cruz Pirosanto, DNI: 25.078.370.-

 

ARTICULO 4: El uso de firma será indistinto de todos los funcionarios  autorizados.--------------------------------------------------------

ARTICULO 5: Notifíquese a las partes interesadas, regístrese y  archívese.---------------------------------------------------------