Boletines/Coronel Rosales

Ordenanza Nº4287

Ordenanza Nº 4287

Coronel Rosales, 07/03/2024

ORDENANZA

Corresp. Expte. O-8-2024

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: Modífíquese el Anexo I de la Ordenanza 2835 en el Sector A de acuerdo a lo siguiente:

“Dispóngase el sentido de circulación para la calle Avellaneda en la zona del Boulevard, comprendida desde Pellegrini hasta 9 de Julio de la siguiente manera sobre la mano de numeración impar, sentido de circulación ascendente.

Dispóngase el sentido de circulación para la calle Avellaneda en la zona del Boulevard, comprendida desde Pellegrini hasta 9 de Julio sobre la mano de numeración par, sentido de circulación descendente”.

Artículo 2º: Modifíquese la Ordenanza N° 2.835, en su Anexo 1 sector A (centro), la que  quedará redactada de la siguiente manera:

El tránsito se realizará en sentido único de circulación en las siguientes calles de la ciudad: AVDA. COLÓN, desde Quintana hasta Villanueva, HUMBERTO 1º desde Villanueva hasta 12 de Mayo y desde Islas Malvinas hasta ltalia, PRESIDENTE ROCA desde ltalia hasta Islas Malvinas y desde 12 de Mayo hasta Villanueva, El tránsito de vehículos se realizará en sentido único de circulación en las siguientes calles: 25 DE MAYO desde Villanueva hasta 12 de Mayo y desde Islas Malvinas hasta ltalia, 12 DE MAYO desde Buchardo hasta 25 de Mayo y desde Humberto hasta Colón, R. GUARANÍ desde 25 de Mayo hasta Buchardo, J.J. PASO, desde Quintana hasta Villanueva, 2 DE JULIO desde Urquiza hasta Bdo. de lrigoyen y de Luiggi hasta Pellegrini, BROWN desde Villanueva hasta Wimer, MURATURE, desde Jujuy hasta Villanueva, ESPORA desde Villanueva hasta Jujuy, BUCHARDO desde Jujuy hasta Rosales, AVELLANEDA desde Rosales hasta Pellegrini, AVELLANEDA desde Pelleqrini hasta 9 de Julio en numeración par en sentido ascendente, AVELLANEDA desde 9 de Julio hasta Pelleqrini en sentido descendente, PUEYRREDÓN, desde Quintana hasta Rosales, RODRIGUEZ PEÑA, desde Bdo. De lrigoyen hasta 7 de Marzo, URIBURU, desde 7 de Marzo hasta Bernardo de lrigoyen, SAENZ PEÑA, desde Bdo. De Irigoyen hasta Pellegrini y de 9 de Julio hasta 7 de Marzo, ESTRADA, desde Mitre hasta 9 de Julio, 17 DE AGOSTO, desde San Martín hasta Mitre, e INDEPENDENCIA desde Mitre hasta Pellegrini. BRAMUGLIA desde De la Madre hasta Los Autonomista. Barrio Las Dunas: Interna 1, desde Wimer hasta Islas Malvinas y las Internas 2 y 3 desde Espora hasta Brown.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo deberá liberar la circulación de la intersección de 9 de Julio y Avellaneda en su sector par una vez promulgada la presente; estando facultado a retirar toda estructura que limite la circulación en el área circundante. Dispóngase a su vez la instalación de todo dispositivo de control y seguridad que garantice la circulación segura en el sector mediante la planificación de operativos periódicos de presencia de personal de fiscalización de tránsito a los efectos de la evaluación vial.-

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

Firmado Paula Bermejo Presidenta

Martín Cáceres Secretario Legislativo