Boletines/Bragado

Ordenanza Nº5644

Ordenanza Nº 5644

Bragado, 05/04/2024

VISTO: El Contrato de Locación Temporario celebrado entre el Sr. JUAN MARTIN ALLIGNANI, DNI Nº 18.584.785, con domicilio en la calle Necochea Nº 86 de la ciudad de Chivilcoy, Pcia. de Buenos Aires, por una parte y la MUNICIPALIDAD DE BRAGADO, representada por el Sr. Intendente Municipal, don SERGIO JUAN BARENGHI; y CONSIDERANDO: Que, la celebración del presente contrato de locación tiene como primordial finalidad contar con cinco (5) habitaciones y dependencias de uso común en la Planta Alta dentro del Hotel denominado comercialmente "Hotel Centro", situado en la calle Necochea Nº 34 de la ciudad de Chivilcoy, para ser utilizado como residencia temporaria de estudiantes, y cuya nomenclatura catastral es Circunscripción XVIII, Sección C, Manzana 186, Parcela 3, Partida Inmobiliaria 028-010531-7 del Partido de Chivilcoy; Que, el Municipio celebró el presente contrato de locación con el señor mencionado con anterioridad, cuyos datos obran en el contrato celebrado, dándose por reproducidos en honor a la brevedad, teniendo como norte la provisión de un espacio físico destinado a servir de vivienda temporaria para los estudiantes que sean seleccionados mediante el otorgamiento de una beca estudiantil, dado que no se contaba con un inmueble destinado a ese fin; Que, el plazo de vigencia de la mencionada locación es de Un (1) año, dando inicio el día 01 de Enero de 2024 y venciendo el día 31 de Diciembre de 2024 sin necesidad de requerimiento alguno o de notificación por parte del locador. El precio total del alquiler se establece en la suma de Pesos Siete Millones Cuatrocientos Veintitrés Mil Quinientos ($7.423.500), pagaderos durante los primeros tres meses en la suma de Pesos Cuatrocientos Cincuenta Mil ($450.000) mensuales, durante el segundo trimestre en la suma mensual de Pesos Quinientos Sesenta y Dos Mil ($562.000), durante el tercer trimestre en la suma mensual de Pesos Seiscientos Setenta y Cinco Mil ($675.000), y durante los últimos tres meses de contrato en la suma mensual de Pesos Setecientos Ochenta y Siete Mil Quinientos ($787.500); POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA Nº5644/24

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- CONVALIDAR el Contrato de Locación Temporario celebrado entre la Municipalidad de Bragado y el Sr. ALLIGNANI JUAN MARTIN, con fecha 02 de Enero de 2024, el que tendrá una duración de Un (1) año, empezando a regir a partir del día 01 de Enero de 2024 y venciendo en consecuencia el día 31 de Diciembre de 2024. Dicho inmueble tiene por destino ser utilizado como residencia temporaria en la ciudad de Chivilcoy, para estudiantes que sean seleccionados mediante el otorgamiento de una beca estudiantil. ARTICULO 2º.- CUMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.