Boletines/Bragado
Ordenanza Nº 5643
Bragado, 05/04/2024
VISTO: El programa de Salud proyectado por la Municipalidad de Bragado dirigido a todos los sectores de la comunidad, y CONSIDERANDO: Que para el más eficiente progreso del referido Programa de Salud se hace necesaria la coordinación de los servicios sanitarios que presta este Municipio con los que brindan el resto de los efectores de sanitarios públicos y privados; Que corresponde autorizar al Departamento Ejecutivo para que adhiera al Hospital “San Luis” al Sistema de Atención Medica Organizada S.A.M.O. llevado a cabo en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA Nº5643/24
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a tramitar la adhesión al Sistema de Atención Medica Organizada (S.A.M.O.) implementado por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, sobre la base de lo normado por el Decreto Ley 8801/77, reglamentado por Decreto 1158/79. - ARTICULO 2º.- Comprendese en la adhesión al Hospital Municipal “San Luis” sito en calle Hermanos Islas N700 de la ciudad de Bragado – Provincia de Buenos Aires.- ARTICULO 3º.- Queda establecido que el 90 % de lo recaudado a través del sistema S.A.M.O será de la siguiente manera durante el Plan Anual 2024: 25 % en concepto de productividad, 50 % en concepto de insumos médicos y medicamentos y el 25% restante en equipamiento e infraestructura médica. ARTICULO 4º.- CUMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.