Boletines/Bragado
Ordenanza Nº 5635
Bragado, 05/04/2024
VISTO: Los Convenios celebrados entre los médicos anestesistas LUCIANO ARIEL FUSCHETTO, MARIA INES DOMINGUES, JORGE DUHALDE y MARIA LUISA MEL; y la MUNICIPALIDAD DE BRAGADO, representada por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, Dn. HECTOR VICENTE GATICA; y CONSIDERANDO: Que, la celebración de los Convenios mencionados tiene por objeto la contratación de servicios médicos de anestesia, analgesia y reanimación durante las 24 horas del día; Que, dichos servicios serán prestados por los Médicos Anestesistas en el Hospital Municipal San Luis de acuerdo a las necesidades que se establezcan; Que, el Municipio abonará a los Médicos Anestesistas una suma de acuerdo a la facturación mensual que presenten cada uno de los médicos anestesiólogos, conforme los valores detallados en la cláusula séptima del Convenio; Que, las modalidades prestacionales se han establecido en unidades asistenciales programadas y unidades asistenciales de urgencia o guardia; Que, por las unidades asistenciales programadas la Municipalidad de Bragado abonará por práctica conforme el nomenclador de la AADOB (Asociación de Anestesiología y Dolor del Oeste Bonaerense): MB-MD-ME-MF-MI: la suma de Pesos Cuarenta Mil Quinientos Cinco con Noventa y Dos Centavos ($40.505,92) por todo el plazo del contrato; por las prácticas EA-EB-EC: la suma de Pesos Cincuenta y Seis Mil Setecientos Veinticuatro con Sesenta y Cuatro Centavos ($56.724,64); por las prácticas ED-EE-EF: la suma de Pesos Setenta y Dos Mil Novecientos Veintisiete con Sesenta y Ocho Centavos ($72.927,68); por las prácticas G-H-I: la suma de Pesos Cien Mil Cuatrocientos Doce con Cuarenta y Ocho Centavos ($100.412,48); por las prácticas de Endoscopias VEDA y VCC: la suma de Pesos Veinte Mil Doscientos Cincuenta y Dos con Noventa y Seis Centavos ($20.252,96); por las prácticas de Anestesias Pediátricas: la suma de Pesos Ochenta y Nueve Mil Ciento Treinta y Cuatro con Cuatro Centavos ($89.134,04); y por las prácticas de Neurocirugías la suma de Pesos Ochenta y Nueve Mil Ciento Treinta y Cuatro con Cuatro Centavos ($89.134,04); Que, por las unidades asistenciales de urgencia o guardias el Municipio abonará los días lunes a viernes en la suma de Pesos Doscientos Ocho Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco con Veintiocho Centavos ($208.845,28) por todo el contrato; y los días sábados, domingos y feriados en la suma de Pesos Doscientos Setenta y Tres Mil Ochocientos Veinte ($273.820); Que, además el Municipio abonará a la Dra. Mel María Luisa la suma fija y final de Pesos Ciento Doce Mil ($112.000) en concepto de viáticos, por su estadía en la ciudad de Bragado en oportunidad de realizar las guardias correspondientes; Que, asimismo la Municipalidad se compromete a proveer los insumos necesarios previstos en la cláusula novena del Contrato, para que los profesionales médicos anestesistas puedan llevar a cabo su labor; Que, el plazo de vigencia del mencionado Convenio es desde el día 01 de Noviembre de 2023 y hasta el día 10 de Diciembre de 2023, pudiendo ser resuelto sin expresión de causa por cualquiera de las partes mediante notificación fehaciente. Queda reservada la facultad del Municipio de rescindir parcialmente el convenio con respecto a alguno de los profesionales médicos; POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA Nº5635/24
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- CONVALIDAR los Convenios celebrados entre la MUNICIPALIDAD DE BRAGADO y los Profesionales Médicos Anestesistas, Dres. LUCIANO ARIEL FUSCHETTO, MARIA INES DOMINGUEZ, JORGE DUHALDE y MARIA LUISA MEL, con fecha 01 de Noviembre de 2023, el cual tendrá una vigencia de un (1) mes y diez (10) días, contados a partir del día 01 de Noviembre de 2023 y venciendo en consecuencia el día 12 de Diciembre de 2023. Dicho convenio tiene por objeto la contratación de la totalidad de los servicios médicos de anestesia, analgesia y reanimación a prestarse durante las 24 horas del día que se realizan en el Hospital Municipal San Luis de Bragado.- ARTICULO 2º.- CUMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.-