Boletines/San Vicente

Decreto Nº720

Decreto Nº 720

San Vicente, 08/05/2024

Visto

El Expte. Nº 4108-I-93150-2024-00, mediante el cual la Subsecretaría de Recursos Humanos, solicita la cesantía de la agente Tamara Ayelén SANCHEZ, Legajo Nº 1078, y;

Considerando

Que la Subsecretaria de Recursos Humanos indica que el agente en cuestión se encuentra ausente sin aviso de forma ininterrumpida desde el día 14 de marzo de 2024 al día de la fecha, y que se le envió cédula de notificación al domicilio denunciado en su legajo personal a fin de que se reincorpore a sus tareas habituales y a presentar el descargo correspondiente por escrito dentro de las 48hs de notificado;

Que el agente en cuestión no se presentó a su lugar de trabajo ni realizó descargo alguno;

Que tales conductas implican un incumplimiento a lo dispuesto en el art. 107° inc. 1) “Abandono de servicio sin justa causa justificada”, e inc. 7) “Inasistencias injustificadas reiteradas que excedan de diez (10) días discontinuos en los doce (12) meses inmediatos anteriores, previa intimación, notificada fehacientemente, a acreditar el motivo de la inasistencia” y particularmente el art. 108° que dispone “El trabajador que incurra en cinco (5) inasistencias consecutivas, sin previo aviso, será considerado incurso el abandono de cargo. Se lo intimará para que se reintegre a sus tareas dentro del término de un (1) día hábil subsiguiente al de la notificación y si no se presentare, vencido el plazo, se decretará su cesantía, salvo cuando pudiere justificar valedera y suficientemente la causa que se hubiere imposibilitado la respectiva comunicación”; 

                                   Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;

                                  

Por ello,

El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°:        Dispónese la baja de agente Tamara Ayelén SANCHEZ, Legajo Nº 1078, en calidad de Personal Programa Integral de Protección Ciudadana, Clase I, con una carga horaria de 48 hs. semanales en carácter de Planta Permanente, conforme los artículos 107º, incisos 1 y 7 y art. 108° de la Ley 14.656, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos e Higiene Urbana, desde el 14 de marzo de 2024.

ARTÍCULO 2°:        El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Planificación y Gestión Institucional.

ARTÍCULO 3°:        Notifíquese, regístrese, archívese.