Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 416/2024
Veinticinco de Mayo, 30/04/2024
Visto
el expediente N° 4118-01386/2024 caratulado: Licitación Privada N° 04/2024 - "Alimentos secos destinados a Secretaría de Desarrollo Humano”;
Considerando
Que consta Acta de apertura de sobres de la licitación privada Nº4/24 presentados por “SERGIO SANTOPIETRO” sobre Nº 1, y “PIEDRA DE ARROYO S.A.” sobre Nº 2;
Que del informe de la Dirección de Compras recomienda otorgarse la licitación a “PIEDRA DE ARROYO S.A.”;
Que el Sr. Intendente ordena el dictado del acto administrativo adjudicando la licitación privada a “PIEDRA DE ARROYO S.A.” por la suma de $ 16.414.000 (pesos dieciséis millones cuatrocientos catorce mil) I.V.A. incluido para el servicio;
Que la contratación es de Alimentos: 2000 paquetes de azúcar común por Kg, 2000 paquetes de yerba por 500 g, 2000 paquetes de fideos guiseros, 2000 paquetes de fideos tallarines, 2000 cajas/latas de lentejas, 2000 cajas/latas de arvejas, 2000 paquetes de harina por 1 Kg, 2000 paquetes de arroz por Kg, 2000 paquetes de polenta, 2000 botellas de aceite por 900 cc, 2000 cajas/latas de puré de tomate;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO
DECRETA
Artículo 1º): Adjudíquese a la empresa “PIEDRA DE ARROYO S.A.” con domicilio en la ciudad de 25 de Mayo, provincia de Buenos Aires, la Licitación Privada N° 4/2024 por la suma de $ 16.414.000 (pesos dieciséis millones cuatrocientos catorce mil) I.V.A. incluido, según constancias obrantes en el expediente N° 4118-01386.
Artículo 2°): Impútese la erogación que demande su cumplimiento a la partida presupuestaria Jurisdicción: 1110125000 Secretaría de Desarrollo Humano. Dependencia: Administración y Control de Desarrollo Humano. Unidad Ejecutora: 65 Secretaría de Desarrollo Humano. Categoría Programática: 41.00.00 Acción Social Directa. Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal. Partida del gasto: 5000 Transferencias. 5100 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes. 5140 Ayudas Sociales a Personas. 5141 Ayuda Social a Personas.
Artículo 3°): Refréndese por la Secretaría de Desarrollo Humano.
Artículo 4°): Comuníquese, regístrese oportunamente archívese.