Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0997/24

Decreto Nº 0997/24

San Andrés de Giles, 26/02/2024

Visto

Lo solicitado por la Sra. Acosta Montaño, Wilma en carácter de Titular, con domicilio legal en Calle Urquiza Nº 1959,  dando origen al expediente Nº 4101-18637/2023; y

Considerando

Que el peticionario ha dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos, para obtener la habilitación municipal de comercio.

 

Que a foja 01  obra Solicitud de Habilitación de Comercio

Que a foja 04 obra Fotocopia de DNI del Titular del Comercio

 

Que a fojas 03 y 04 obra contrato de Locación.

Que a fojas 05/06 obran los planos del Inmueble.

 

Que a foja 07 obra Certificado de Uso Conforme para la actividad declarada.

Que a foja 08 obra la declaración jurada del titular.

                                               Que a foja 09 obra la constancia de inscripción en AFIP, en coincidencia con el rubro declarado.

                                                Que a foja 10 obra constancia de inscripción en ARBA,

 

                                               Qué  a foja 13 obra Acta de Inspección de la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares Nº 018055 donde funciona la explotación comercial a nombre del  peticionante, indicando que no adeu­da dere­chos de construcción.

                                                  Que a foja 14 obra el acta de inspección Bromatológica la cual indica que el comercio de referencia reúne las condiciones mínimas de Salubridad y Funcionalidad al elevar el Acta Nº 026870.

 

 

                                                   Que a foja 16 obra el informe de la oficina de Comercio, Dirección de Inspección, ha determinado que reúne las condiciones mínimas de Seguridad, Salubridad y Funcionalidad para ser Habilitado, al elevar el acta Nº 000946-.      

Por ello, el  Intendente Municipal Interino, en uso de las atri­buciones legales que le son propias:

DECRETA

 

ARTICULO 1ro; Concédase Habilitación Definitiva  a partir del día 26 de febrero de 2024, al ru­bro es Verduleria, con nombre de fantasía “Copacabana III” sito del  lugar en calle Rivadavia y Carlos Pellegrini, de  la Localidad de San Andrés de Giles, Partido de San Andrés de Giles,  identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral­: Circ.: I – Secc: B - Mz: 106 - Pc: 9 A -  cuyos datos identificatorios tributarios y comerciales se detallan a continuación:

 

Identificación Tributaria

 

CUIT: 27-94120098-8.

Identificación de la Actividad Comercial

 

Fecha de iniciación de la actividad: 26/02/2024.

Actividad declarada por el titular: Venta de Accesorios y Complementos.-

Actividad según Nomenclador Código NAIBB del Ministerio de Haciendas y Finanzas:

472160 – VENTA AL POR MENOR DE LEGUMBRES, FRUTAS Y HORTALIZAS FRESCAS

Uso permitido según Código de Planeamiento de la Municipalidad: Comercio: 1 A-         

Nombre de Fantasía: “ COPACABANA III”

 

 

 

Identificación del local comercial

 

Ubicación del Inmueble: Rivadavia y Carlos Pellegrini.-

Nomenclatura catastral del inmueble: Circ.: I  – Secc.: B   - Mz.: 106  -Pc.: 9A-

Superficie total de la edificación: 325  mts2

Superficie destinada al comercio: 60 mts2

Metros de Frente de la edificación: 10 mts

Metros de Frente del local: 10 mts.

Carácter de ocupación  del solicitante: Locatario.

 

 

ARTICULO 2do; La Vigencia de la habilitación otorgada en el artículo precedente del presente decreto, quedara supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento y al cumplimiento de la normativa vigente que regule la actividad para la cual fuera otorgada.

 

ARTICULO 3ro; Disponer que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevara a la caducidad de la habilitación otorgada.

 

ARTICULO 4to; Expedir el  certificado de habilitación de acuerdo a lo establecido en el artículo 1ero del presente decreto.

 

ARTICULO 5to; La presente habilitación corresponde al Nº 54604 del Registro General de Industria y Comercio de esta Municipalidad.

 

ARTICULO 6to; Entréguese copia al solicitante,  a la Oficina de Comercio, a la Secretaría administrativa, regístrese  y archívese.-