Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0853/24

Decreto Nº 0853/24

San Andrés de Giles, 02/02/2024

Visto

La necesidad de actualizar la ESTRUCTURA ORGANICO - FUNCIONAL DEL MUNICIPIO con el objeto de producir su adecuación y correlación con las modificaciones presupuestarias establecidas en la Ordenanza Nro. 2658/2023 (promulgada por decreto 3447/2023) mediante la cual se aprueba el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2024; y

Considerando

Que la referida norma  prevé,  bajo la órbita de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, la estructura programática tendiente a  la Implementación de Políticas Medio Ambientales, consistentes en acciones que comprendan actividades Medio Ambientales, Coordinación y Control de Uso de Agroquímicos, Protección de las Reservas Urbanas Naturales y los Parques Urbanos Naturales previstos en el Código de Ordenamiento Urbano y Territorial contenidas en  los registros específicos del Patrimonio Cultural del Partido de San Andrés de Giles en los términos previstos en la Ordenanza N°2182/19 y acciones inherentes al funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y su disposición final .

                                                              

                                     Que en virtud de las disposiciones del Capítulo I de la Ley 11.685, toda reorganización estructural es facultad del Departamento Ejecutivo, el que podrá disponer la extinción, supresión, transformación, escisión o fusión de unidades o dependencias orgánicas cualquiera sea su denominación o ubicación estructural, asignándoles incluso a las subsistentes, las misiones, funciones, acciones u objetivos y ámbitos de competencia que estime corresponder.

                                   Que en virtud de la significativa importancia que reviste la preservación y cuidado del medio ambiente como así también el control del uso responsable de agroquímicos en cumplimiento a la legislación vigente , el tratamiento y disposición final de residuos domiciliarios y tratamiento de desperdicios reciclables y recuperables;  se torna necesario designar a un funcionario que ejerza  la titularidad  del área de Medio Ambiente, para garantizar el alcance de  óptimos resultados respecto de la implementación de las acciones mencionadas en los párrafos precedentes,

                                   Que Mariano VALLI FRANCIONE Diplomado Universitario en Ciudades y Comunidades Sostenibles, Resilientes e Inlcusivas , reúne las condiciones necesarias para ejercer dicha titularidad;                             

Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y demás facultades propias de su función

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º: Designar – a partir del día 1º de febrero  de 2024   al Diplomado Universitario en Ciudades y Comunidades Sostenibles, Resilientes e Inlcusivas ,Mariano VALLI FRANCIONE , - (D.N.I. Nº  32.794.666)  Director   de  Medio Ambiente de la Municipalidad de San Andrés de Giles , en la siguiente situación de revista: Jurisdicción: 1101100000-Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción  1110105000--Secretaría de Obras y Servicios Públicos -Programa: 55 –Implementación de Políticas Medio Ambientales- Actividad 01 Actividades Medio Ambientales – Agrupamiento 1 (Superior) . Cargo :Director.

 ARTICULO 2º:  El funcionario designado  gozará de la retribución contemplada para el cargo en el  Presupuesto de Gastos vigente, con los adicionales que le que le correspondan en virtud de las normas que lo establezcan

ARTICULO 3º: Los gastos derivados del  cumplimiento de lo dispuesto  en los artículos precedentes, serán imputados a la siguiente Partida Presupuestaria: - Jurisdicción: 1101100000-Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción  1110105000--Secretaría de Obras y Servicios Públicos -Programa: 55 –Implementación de Políticas Medio Ambientales- Actividad 01 Actividades Medio Ambientales; Inciso 1: Gastos en Personal. Partida Principal   1 Personal Permanente-Partida Parcial 1 Retribuciones del Cargo, Partida Subparcial  1 Personal Superior .

ARTICULO 4º:  Establecer que en mérito a la designación prevista en el artículo 1º del presente acto administrativo y dado el carácter de la misma, el Departamento Ejecutivo, podrá revocar dicha  designación, en caso que cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia y/o razones de mejor servicio ,así lo requieran.

ARTICULO 5º: Registrar, publicar, comunicar a quien corresponda y oportunamente archivar