Boletines/Vicente López

Decreto Nº2841/24

Decreto Nº 2841/24

Vicente López, 23/04/2024

Referencia: EXPTE-EEMVL-5304-2023

Visto

El segundo llamado a Licitación Pública Nº 8 dispuesto por Decreto Nº 1724/24 por el “SERVICIO DE RACIONAMIENTO EN COCIDO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE DIVERSOS EFECTORES, DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA DE SALUD”, y

Considerando

Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 1638 se ha presentado un oferente.

Que a fs. 1641/1644 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 1647/1649 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar a la firma DASSAULT S.A. por un total de $ 2.734.629.350,00.-

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1.- ADJUDICAR a la firma DASSAULT S.A., por un monto total de Pesos dos mil setecientos treinta y cuatro millones seiscientos veintinueve mil trescientos cincuenta ($ 2.734.629.350,00), el “SERVICIO DE RACIONAMIENTO EN COCIDO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE DIVERSOS EFECTORES, DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA DE SALUD”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc obrante a fs. 1647/1649.

Artículo 2.- La suma de Pesos dos mil setecientos treinta y cuatro millones seiscientos veintinueve mil trescientos cincuenta ($ 2.734.629.350,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gasto Nro. 0-730 obrante a fs. 47/50 y Ajuste de Preventiva N° 9-000281 de fs. 1654.

Artículo 3.- La firma adjudicataria deberá presentar en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Artículo 4.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Salud y el Sr. Jefe de Gabinete. 

Artículo 5.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Salud y Jefatura de Gabinete.

Artículo 6.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

FDO: MARTINEZ - ALVAREZ - MARTINEZ - CARRILLO