Boletines/Lincoln

Decreto Nº1509/16

Decreto Nº 1509/16

Lincoln, 04/05/2016

DISPONIENDO ABONAR ADICIONAL POR PRODUCTIVIDAD A LOS AGENTES MUNICIPALES DE LA DIRECCION DE DESPACHO Y ARCHIVO DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO

Visto

Que por Decreto Nº 342/16, se ha promulgando la Ordenanza Nº 2244/16 sancionada por el Concejo Deliberante;

Considerando

Toda vez que el inciso p) del Art. 14 de la Ley Nº 11.757 autoriza al Departamento Ejecutivo a Instituir con carácter permanente o transitorio, general o sectorial, otras bonificaciones o asignaciones accesorias o complementarias cuya procedencia en los casos concretos dependerá de la índole de las funciones desempeñadas, de la jerarquía de los agentes o de la situación personal de los mismos (conf. Doctrina A. G. G., Dictamen Nº 75.596 en Expte. 2113-463/96; Dictamen Nº 75.192 en Expte. 2113-404/96 entre otros). (Expte. Nº 2113-118/00).

Que dicho ordenamiento legal autoriza al Departamento Ejecutivo a abonar al personal permanente y temporario, titulares de cargos electivos, Secretarios, Subsecretarios, Delegados Municipales, personal de bloques políticos del Departamento Deliberativo, Secretario y Prosecretario del Departamento  Deliberativo, cuerpos de asesores, Secretarios Privados e Inspector General, al personal municipal incluido en otros regímenes, salvo en los aspectos que ellos no hubieren previsto y funcionarios municipales para cuyo nombramiento y/o remoción, las leyes fijen procedimientos determinados; las retribuciones, bonificaciones, compensaciones, subsidios e indemnizaciones, que expresamente establecen la Ley 11.757 y la Ley 10430 y/ o cualquier otra norma que en su reemplazo o complementación se dicten en el futuro, facultando, asimismo a establecer, para determinadas actividades y/o funciones, horarios normales de labor, con una extensión mayor o menor de 6 horas diarias, con la determinación del salario básico respectivo, según el agrupamiento y las categorías del personal, tanto para el incluido en planta permanente, como el de planta temporaria.

Que es política de Gobierno destacar los progresos y méritos en cuanto a  Recursos Humanos;

             Que los agentes Municipales, a través de sus labores, han aumentado su productividad de forma significativa a través de la realización de diversas tareas:

  • Creación de Proyectos de Ordenanza de cualquier nivel de complejidad técnica; promulgación de ordenanza y actos administrativos del Gobierno Municipal.
  • Actuar como referente de capacitación del Municipio ante el IPAP, coordinando y organizando diversos cursos que han llegado a más de 500 empleados municipales en lo que va del año en curso.
  • Coordinar las diferentes aéreas operativas del la Secretaria de Gobierno sin desmedro de las naturales tareas del cargo.
  • Actuar en la resolución de las diferentes emergencias que han afectado al Partido, coordinando la rápida normalización de las mismas.
  • Actuar a nivel regional impulsando iniciativas desde este Gobierno Municipal que son de referencia a nivel Provincial.
  • La emisión rápida y expedita de los actos de gobierno, Decretos y Resoluciones.
  • Mantener, actualizar y preservar el patrimonio documental de la Municipalidad de Lincoln en lo atinente a los actos legislativos.
  • Colaborar con la diversidad de Áreas que dependen de esta Secretaria de Gobierno, facilitando la fluidez administrativa de las mismas.
  • Resolución de cualquier tipo de problemas emergentes, de los diversos procesos Gubernamentales.

            Que los agentes, amén de las tareas descriptas anteriormente, se ha dedicado a sus tareas diarias sin limitar ninguna de ellas;

 Que siendo indispensable dar curso a la situación descripta se torna necesario el dictado del presente acto administrativo.

Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN  EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Procédase a liquidarse mensualmente, en concepto de Adicional Por Productividad, a los siguientes Agentes Municipales, por el mes de Abril de 2016, los montos que a continuación se detallan:

Legajo

Apellido y Nombre

D.N.I.

Importe

158

Esnaola Fernando

20.830.526

$  6.000

3520

Ríos Claudio

25.312.340

$  6.000

3881

Granado Natalia Elizabet

32.357.806

$  4.000

3931

Esnaola Carolina Inés

28.468.263

$  4.000

5613

Amador Valeria Lucia

28.329.636

$  1.500

 

ARTICULO 2º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 3º: Comunique a los interesados, Secretaria de Gobierno, Dirección General de Personal, Departamento Liquidaciones de Sueldos y a quien más corresponda. Regístrese y archívese.