Boletines/Pergamino

Ordenanza Nº9869-2024

Ordenanza Nº 9869-2024

Pergamino, 14/03/2024

 

Señor

Intendente Municipal

D. JAVIER ARTURO MARTÍNEZ

SU DESPACHO.-

 

EX-2023-3998- -PERHCD-HCD CONCEJAL AURELIA FURNARI. BLOQUE JUNTOS. Proyecto de Ordenanza Ref.: Nombramiento de la calles República de Paraguay, República Argentina y República de Colombia en Barrio Sin Fronteras. –

 

VISTO:

La necesidad de regularizar tres calles del Barrio Sin Fronteras que aún no tienen nombres que las identifique;

 

CONSIDERANDO:

Que la designación del nombre de estas calles es indispensable para estos vecinos a fin de facilitar la ubicación de sus viviendas;

Que el Barrio Sin Fronteras es un barrio recientemente loteado en nuestra ciudad, donde la Municipalidad de Pergamino otorgó facilidades de pago para que familias de bajos recursos puedan acceder a una vivienda propia; asentándose familias de distintas nacionalidades.

Que la selección de los nombres se ha realizado de manera conjunta entre los propios vecinos, en referencia a las nacionalidades de los vecinos que habitan esas calles.

 

POR LO EXPUESTO

              El Honorable Concejo Deliberante de Pergamino,en la Primera Sesión Ordinaria de 2024,  realizada el día 12 de Marzo del corriente,aprobó por unanimidad, la siguiente

 

ORDENANZA

ORDENANZA

ARTÍCULO 1: Solicítese al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, asigne el nombre “República de Paraguay” a las 6 cuadras comprendidas entre las calles 11 de Septiembre y Belgrano, atravesando las manzanas 189M, 189J, 189G, 189E, 189C y 189B (lotes 1, 10 y 9) de la Circunscripción II, Sección D del Partido de Pergamino, según ANEXO I fs 2 a 7 de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2: Solicítese al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, asigne el nombre “República Argentina” a las 3 cuadras comprendidas entre las calles 11 de Septiembre y Belgrano, atravesando las manzanas 189N, 189K y 189H de la Circunscripción II, Sección D del Partido de Pergamino, según ANEXO I fs 8 a 10 de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 3: Solicítese al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, asigne el nombre “República de Colombia” a las 6 cuadras comprendidas entre las calles 11 de Septiembre y S/N, atravesando las manzanas 189O, 189L, 189I, 189F, 189B (lotes 7 y 8) de la Circunscripción II, Sección D del Partido de Pergamino, según ANEXO I fs 9 a 15 y fs 7 de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 4: Solicítese al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, una vez asignado los nombres, coloque los carteles nomencladores correspondientes a las calles mencionadas en los artículos 1, 2 y 3 de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 5: Los Vistos y Considerando forman parte del presente proyecto.-

ARTÍCULO 6: Comuniquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

 

 

Sin otro particular, aprovecho para saludarlo atentamente.-

ORDENANZA Nº  9869/24.-

 

Firmantes: Lucio Q. Tezon (Secretario HCD)-

                 Gabriela A.Taruselli (Presidente HCD)

 

 

Anexos

Decreto 1185-24

Denominación de calles

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