Decreto Nº827/2024
Decreto Nº 827/2024
Coronel Suárez, 15/04/2024
Visto
la necesidad de actualizar los viáticos del personal de planta de la Comisión Vial Rural Municipal,
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Coronel Suárez, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ART. 1 Continúese la actualización de los viáticos en el mismo porcentaje - - - - - y cuatrimestre en el que se encuentra establecida la variación de tasa vial.
ART. 2: Establézcase las segmentaciones y valores de los viáticos del - - - - - personal de planta de vialidad rural municipal, los cuales quedarán definidos:
- PERSONAL CON EQUIPO ASIGNADO
- Defínase como viatico completo para el personal que tenga asignado equipo (maquina vial, tractor, camión), trabaje en las distintas zonas rurales del partido y pernocte en casillas, en la suma de $38.500 (Pesos treinta y ocho mil quinientos) por día.
CONSIDERACIONES DE ESTE INCISO
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- Se abonará el 40% del valor del viatico que pudiera corresponderle al maquinista/chofer en el caso de que el equipo y/o casilla se encuentre parado por rotura.
- Se abonará el 40% del valor del viatico que pudiera corresponderle al maquinista/chofer si la condición climática y/o humedad/sequia del suelo no permite realizar tareas.
- Defínase como ½ viatico para el personal que tenga asignado equipo (maquina vial, tractor, camión) y cuando trabaje en las distintas zonas rurales del Partido, en la suma de $19.250 (Pesos diecinueve mil doscientos cincuenta) por día.
CONSIDERACIONES DE ESTE INCISO
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- Se abonará el 40% del valor del viatico que pudiera corresponderle al maquinista/chofer en el caso de que el equipo y/o casilla se encuentre parado por rotura
- Se abonará el 40% del valor del viatico que pudiera corresponderle al maquinista/chofer si la condición climática y/o humedad/sequia del suelo no permite realizar tareas
- PERSONAL TAREAS GENERALES, PARQUERO Y SERENOS DEL PREDIO
- Defínase el viatico del personal de planta vial municipal que trabaja no tiene equipo vial, tractor ni camión a su cargo, tampoco se desempeña en Taller en $12.500 (Pesos doce mil quinientos) por día (65% del viatico de quien no pernocta en casilla considerando que no tiene equipo asignado)
- PERSONAL DE TALLER
- Defínase como viatico diario para el personal de taller que en la suma de $28.500 (Pesos veintiocho mil quinientos) por día.
En el caso de que el personal realice la totalidad de horas extras autorizadas en el sector dicho monto ascendería a $38.500 (pesos treinta y ocho mil quinientos) por día.
- COORDINADOR DE PRODUCCION
- Defínase como viatico diario para personal de coordinación la suma de $38.500 (Pesos treinta y ocho mil quinientos) por día considerando que debe estar mientras los maquinistas están en el campo y además a disposición durante las 24 horas
ART. 3: De acuerdo con lo establecido precedentemente déjese sin efectos - - - - el Decreto n° 357/2024.-
ART. 4: Regístrese, cúmplase, comuníquese y oportunamente, archívese.-
DECRETO N° 827