Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº820/2024

Decreto Nº 820/2024

Coronel Suárez, 12/04/2024

Visto

la nota presentada por la Jefa de Compras del Hospital Municipal “Dr. Raúl Caccavo”, dando cuenta de la necesidad de realizar la reparación de un DIGITALIZADOR MARCA CARESTREAM MODELO CR CLASSIC, afectado al servicio de Radiología, y;

Considerando

Que dicha reparación supera los montos establecidos para la contratación directa;

                                     Que resulta de suma necesidad contar con este Digitalizador en funcionamiento para continuar con la normal prestación del servicio de Imágenes RX, Mamografías y estudios contrastados, teniendo en cuenta que no es posible reemplazarla con otra unidad.

                                                Que conforme remito de reparación del equipo mencionado, con el detalle de las reparaciones a realizar, por monto que asciende a la suma de $ 5.574.296,64 (Pesos cinco millones quinientos setenta y cuatro mil doscientos noventa y seis con sesenta y cuatro centavos).

Que atendiendo que lo expuesto se encuadra dentro del inciso 6 del Art 156 de la Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Buenos Aires, el Intendente Municipal del partido, en uso de sus atribuciones.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones –

 

 

 

D E C R E T A

 

ART. 1º: Abónese por ÚNICA VEZ al Proveedor: RADIOGRAFICA OESTE                                 - - - - S.R.L. la suma total de $ 5.574.296,64 (Pesos cinco millones quinientos setenta y cuatro mil doscientos noventa y seis con sesenta y cuatro centavos.) resultante de la reparación de un DIGITALIZADOR MARCA CARESTREAM MODELO CR CLASSIC, afectado al servicio de Radiología, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente, y en el marco del art. 156, inc. 6 de la L.O.M.-

ART. 2º: Por Contaduría se dará cumplimiento a lo dispuesto por el artículo                             - - - - - anterior, previa imputación a la Jurisdicción: 111.010.5000 “Secretaria de Salud” – Categoría Programática: 51.01.00 – Objeto del Gasto 3.3.3.0 –F.F. 110. –

ART. 3º: Cúmplase, regístrese, comuníquese y oportunamente, archívese. -

 

 

DECRETO Nº 820