Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº812/2024

Decreto Nº 812/2024

Coronel Suárez, 11/04/2024

Visto

la necesidad de actualizar el monto de los viáticos diarios del personal de vialidad y

Por ello el Intendente Municipal del Partido de Coronel Suárez, en uso de sus atribuciones,

 

D E C R E T A

ART. 1º: Continúese la actualización de los viáticos en el mismo porcentaje y                - - - - - cuatrimestre en el que se encuentra establecida la variación de tasa vial.-

ART. 2: Establézcase las  segmentaciones y  valores de los viáticos del personal  - - - - - de planta de vialidad rural municipal, los cuales quedarán definidos:

1) PERSONAL CON EQUIPO ASIGNADO

 - Defínase como viatico completo para el personal que tenga asignado equipo, trabaje en las distintas zonas definidas del Partido y  pernocte en casillas, en la suma de $38.500 (Pesos treinta y ocho mil quinientos) por día.

 - Defínase como 1/2 viatico para el personal que tenga asignado equipo y cuando trabaje en las distintas zonas definidas del Partido en la suma de $19.250 (Pesos diecinueve mil doscientos cincuenta) por día.

CONSIDERACIONES DE ESTE INCISO:

  - Se abonará el 40% del valor del viatico que pudiera corresponderle al maquinista en el caso de que el equipo y/o casilla se encuentre parado por rotura.

  - Se abonará el 40% del valor del viatico que pudiera corresponderle al maquinista si la condición climática y/o humedad/sequia del suelo no permite realizar tareas

 

 

2) PERSONAL TAREA GENERALES Y SERENO DEL PREDIO

 -Defínase el viatico del personal de planta vial municipal que trabaja en el predio de Comisión Vial en $12.500 (Pesos doce mil quinientos) por día.

3) PERSONAL DE TALLER

 - Defínase como viatico diario para el personal de taller que en la suma de $28.500 (Pesos veintiocho mil quinientos) por día.

En el caso de que el personal realice la totalidad de horas extras autorizadas en el sector  dicho monto ascendería a $38.500 (Pesos treinta y ocho mil quinientos) por día.

4) COORDINADOR DE PRODUCCION

 -Defínase como viatico diario para personal de coordinación la suma de $38.500 (Pesos treinta y ocho mil quinientos) por día considerando que debe estar mientras los maquinistas están en el campo y además a disposición durante las 24 horas

ART. 3º: De acuerdo a lo establecido precedentemente déjese sin efecto el            - - - - - - - Decreto nº 357/2024.-

ART. 4º: Regístrese, cúmplase, comuníquese y oportunamente, archívese.-

 

 

DECRETO Nº 812