Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 765/2024
Coronel Suárez, 05/04/2024
Visto
el Expediente de referencia, y
Considerando
Que conforme Ordenanza 7729 de fecha 28.04.2022 se acepta el legado testamentario de la Sra. Emilia Catalina Cura Cura del inmueble Nomen. Catastral Circ. X Sección A Manzana 51 Parcela 9, Pda. Inmobiliaria Nº 3.606, ubicado en la localidad de Huanguelén Pdo. de Cnel. Suarez, donde actualmente funciona “la Casa de la Cultura” y precisamente en dicho legado se expresa el cargo de continúe funcionando como tal y que se le imponga su nombre.-
Que atento el fallecimiento de la Legataria, el Municipio debió presentarse en la respectiva sucesión, autos caratulados: "CURA CURA, EMILIA CATALINA S/ SUCESIONES TESTAMENTARIA Y AB-INTESTATO" “Nro. "17949", de trámite por ante el Juzgado de Paz letrado de esta Ciudad, con la finalidad de adjudicar el bien a favor de la comuna para poder así, escriturarlo por intermedio de ESCRIBANIA General de Gobierno, dando cumplimiento a lo establecido en el art. 3 de la normativa citada.-
Que conforme lo informara la Sub Secretaria legal y técnica del Municipio en su dictamen de fecha 03.04.2024, es menester que la Comuna de cumplimiento con lo dispuesto por las leyes 6716 y 14.967 y proceda a abonar los honorarios de los profesionales intervinientes con sus respectivos aportes de ley, a los efectos de poder depositarlos en la respectiva cuenta judicial Nº 6847-027.0502186/5 CBU 0140352527684750218659-.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART.1º: Autorizase a la Contaduria Municipal a depositar en la cuenta Judicial - - - - perteneciente a los autos "CURA CURA, EMILIA CATALINA S/SUCESIONES TESTAMENTARIA Y AB-INTESTATO" “Nro. "17949", de trámite por ante el Juzgado de Paz letrado de esta Ciudad la suma de PESOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA, ($40.430,00) en concepto de pago de honorarios profesionales y aportes de ley, y a abonar la boleta de pago aportes Ley 6716 Nº 79484728 a la Caja de Previsión para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.-
ART.2º: La erogación de referencia será imputada a Subjurisdicción: 1110111000
ART.3º: Comuníquese a la Contaduría Municipal, Tesorería y Subsecretaria Legal y - - - - - Técnica.
ART. 4º: De forma-.
DECRETO N° 765