Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 753/2024
Coronel Suárez, 03/04/2024
Visto
la sanción de la Ordenanza nº 7.990/23, mediante la cual se crea en el Distrito de Coronel Suárez, un fondo de reserva para la atención médica de aquellos casos que por su complejidad y/u onerosidad requieran de la ayuda solidaria de la comunidad, representada en este caso por el Municipio, y -
Considerando
Que de conformidad a lo previsto en los art. 6º y 13º de la Ordenanza, el Departamento Ejecutivo autorizará o no este beneficio;
Que el Sr. LLORET FRANCISCO ROBERTO – DNI 4.987.751 solicita hacer uso del mismo para abonar honorarios médicos de la cirugía de resección y cirugía reconstructiva.
Que al haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el articulado de la Ordenanza de referencia, y luego de haberse analizado el caso tal cual lo expuesto en sus arts. 12 y 13, la Comisión Evaluadora del “Fondo de Salud Solidaria”, informa que corresponde otorgar el beneficio, por única vez, de $ 1.320.000 al requirente;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART.1º: Otorgar la suma de $ 1.320.000 (Pesos un millón trescientos - - - - veinte mil) por única vez al Sr. LLORET FRANCISCO ROBERTO – DNI 4.987.751 para abonar honorarios médicos de la cirugía de resección y cirugía reconstructiva, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART.2º: El presente beneficio se otorga sin cargo de devolución, en virtud de - - - - - la Ordenanza nº 7.990/23, comprometiéndose el peticionante a su reintegro en la medida que mejore en el futuro, su situación socio-económica. El beneficiario devuelve el total de lo que su obra social PAMI le reintegre.-
ART.3º: A través de Subsecretaría Legal y Técnica, se confeccionará el respectivo - - - - - convenio con el peticionante.-
ART.4º: De ser el beneficiario, agente de esta Comuna, deberá conferir la - - - - - pertinente autorización para el descuento de haberes de su recibo de sueldo, conforme las disposiciones vigentes.-
ART.5º: Por Contaduría se liquidará el gasto que origine el cumplimiento de lo - - - dispuesto en el artículo primero, previa imputación a la Subjurisdicción: 111.010.5000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática: 01.03.00 “Seguro Salud Solidaria” - Objeto del Gasto: 5.1.4.0. “Ayudas Sociales a Personas” - Fte.Fto.131 – Recurso: 12.1.22.02.-
ART.6º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-
DECRETO Nº 753