Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0234/24

Decreto Nº 0234/24

Coronel Pringles, 09/02/2024

Visto

el Expediente N° 0253 del año 2024, iniciado por el Secretario del Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, Dr. Luis González Estevarena; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita la contratación mediante locación de Obra de la Técnica Superior en Acompañamiento Terapéutico, Sra. Giorgi Viviana, para desempeñar acciones supervisadas de estimulación, control, asistencia y rehabilitación a los adultos mayores del “Hogar El Remanso”, frente a dificultades físicas, emocionales y/o cognitivas, desde el 01/02/24 al 30/04/24, con una carga horaria de 15 horas semanales, abonándosele una suma mensual de $195.000,00;

Que la misma se efectúa en el marco de lo normado en el artículo 148° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por no contar el área con el personal suficiente; 

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Desarrollo, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.

ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de obra de la Sra. GIORGI Viviana, DNI 29.451.563, a partir del 01/02/24 y hasta el 30/04/24, para desempeñar acciones supervisadas de estimulación, control, asistencia y rehabilitación adultos mayores del “Hogar El Remanso”, con una carga horaria de 15 horas semanales, abonándosele la suma mensual de PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL ($195.000,00).

ARTICULO 3°: Autorícese a la Contaduría Municipal a atender la erogación mencionada en el artículo precedente por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud”- Categoría Programática 17.00.00 “Geriátrico Pringles”- Partida 3.4.2.0 “Médicos y Sanitarios”, Fuente de Financiamiento 110 -“Tesoro Municipal”.

ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 0234/24.