Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0231/24
Coronel Pringles, 09/02/2024
Visto
el Expediente N° 0254 del año 2024, iniciado por el Secretario del Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, Dr. Luis González Estevarena; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita la contratación mediante locación de Obra de la Sra. Castillo Nélida Beatriz, para prestar servicios de Manicura y Pedicura a los adultos mayores del “Hogar El Remanso”, desde el 01/02/24 al 30/04/24, con una frecuencia de una vez por mes atendiendo un total de 52 residentes, abonándosele una remuneración mensual de $169.000,00;
Que la misma se efectúa en el marco de lo normado en el artículo 148° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por no contar el área con el personal suficiente;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Salud, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de obra de la Sra. CASTILLO Nélida Beatriz, DNI 27.106.091, a partir del 01/02/24 y hasta el 30/04/24, para prestar servicios de Manicura y Pedicura a un total de 52 adultos mayores del “Hogar El Remanso”, con una frecuencia de una vez por mes, abonándosele la suma mensual de PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL ($169.000,00).
ARTICULO 3°: Autorícese a la Contaduría Municipal a atender la erogación mencionada en el artículo precedente por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud”- Categoría Programática 17.00.00 “Geriátrico Pringles”- Partida 3.4.2.0 “Médicos y Sanitarios”, Fuente de Financiamiento 110 -“Tesoro Municipal”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0231/24.