Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0222/24

Decreto Nº 0222/24

Coronel Pringles, 07/02/2024

Visto

el Expediente N° 0033/24, iniciado por el Administrador del Hospital Municipal Sr. Ariel Barrere; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita la contratación mediante Locación de Obra con el Dr. Ariel César Juárez, Especialista en Psiquiatría, para desempeñar tareas en el Servicio de Salud Mental del Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, con una concurrencia de dos días al mes con una carga horaria de cuatro horas cada uno, del 01/01/24 y hasta el 31/03/24, abonándosele la suma de $404.814,00 por los 2 días trabajados, de acuerdo a la certificación del área. Dicho importe se ajustará con la variable Galeno (fijada por la Caja de Seguros Médicos de la Provincia de Buenos Aires), de surgir la necesidad de atención de más pacientes superando el rango de 12, en este caso se adicionarán 25,29 Galenos por cada entrevista individual;

Que dicha contratación se basa en la declaración de incompetencia suscripta por la Directora de dicho nosocomio, en el marco de lo normado en el artículo 148º de la L.O.M.;

Por ello en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Salud para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.

ARTICULO 2°: Autorícese la Contratación mediante Locación de Obra del profesional no residente Dr. JUAREZ Ariel César, DNI 24.579.378, Especialista en Psiquiatría, para desempeñar tareas en el Servicio de Salud Mental del Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, con una concurrencia de dos días al mes con una carga horaria de cuatro horas cada uno, del 01/01/24 y hasta el 31/03/24, abonándosele la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CATORCE ($404.814,00) por los dos días trabajado, de acuerdo a la certificación del área. Dicho importe se ajustará con la variable Galeno (fijada por la Caja de Seguros Médicos de la Provincia de Buenos Aires), de surgir la necesidad de atención de más pacientes superando el rango de 12, en este caso se adicionarán 25,29 Galenos por cada entrevista individual.      

ARTICULO 3°: El gasto mencionado en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud” - Categoría Programática 18.00.00 “Unidades con

Internación” - Partida 3.4.2.0. “Servicios Técnicos y Profesionales - Médicos y Sanitarios” - Fuente de Financiamiento 110 - “Tesoro Municipal”.

ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 0222/24.