Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0208/24
Coronel Pringles, 02/02/2024
Visto
el Expediente N° 0226/24 iniciado por la Sra. Dagga Susana; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita se le reintegre la suma de $14.954,00 por haber abonado por error en dos oportunidades la cuota 01/2024 correspondiente a la Tasa de Red Vial de la Partida N° 1275, imputarlo a la Partida N° 1565 a cuentas venideras;
Que dichos pagos ingresaron el día 22/01/2024 por la Oficina De Red Link Pagos y por la Oficina de Recaudación, adjuntándose comprobantes de pagos a fs. 6-7;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 49 de la Ordenanza Fiscal vigente, que dice “Cualquier contribuyente podrá pedir el reintegro de pagos efectuados por error de hecho o de cálculo, ya sea que el error provenga de la dependencia Municipal interviniente o del propio contribuyente y que no cuestione resoluciones o normas impositivas que apliquen gravámenes. Para que el reintegro sea procedente, el error deberá surgir en forma clara y manifiesta de las actuaciones administrativas o de la documentación respectiva. A tal fin el Contribuyente deberá iniciar un expediente especial en el cual deberá acompañar o señalar la documentación acreditante…”;
Que por tal motivo correspondería proceder a compensar el monto abonado por error a la Tasa de Red Vial ($14.954,00) a la Partida N° 1565; dicha suma se deben imputar a la Partida antes mencionada a cuotas venideras del presente ejercicio, lo que así dictaminan la Contaduría Municipal y la Dirección de Ingresos Públicos y Cobranzas;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1: Compénsense por pagos erróneos la suma de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO ($14.954,00) correspondiente a la Tasa de Red Vial Partida N° 1565, imputándose dichos importe a la Partida ante mencionada a cuotas venideras del presente ejercicio, de acuerdo a los expuesto en el exordio del presente, en el marco del Articulo 49 de La Ordenanza Fiscal vigente.
ARTÍCULO 2: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO N° 0208/24.