Boletines/Suipacha

Decreto Nº617/2023

Decreto Nº 617/2023

Suipacha, 01/12/2023

Visto

La nota presentada por el Secretario de Salud y el Convenio Marco para el Desarrollo del Programa de Salud Comunitaria  suscripto el 16 de Septiembre de 2022, entre el Municipio de Suipacha y el Ministerio de Salud de la Nación; y

Considerando

                                  Que  el mismo fue convalidado con fecha 3 de Octubre del corriente por Decreto Municipal N°469/2022, según lo  establecido  en  el  Art. 41  de  la Ley Orgánica de las  Municipalidades;

 

                                    Que  dicho convenio tiene como objetivo contribuir y fortalecer la estrategia de atención primaria de la salud de la jurisdicción como política del estado garantizando un acceso universal, equitativo y de calidad durante todo el proceso de salud –enfermedad-cuidado de la población y para ello se contempla la instrumentación de  becas;

 

                                       Que el Secretario de Salud elevo nota solicitando se abonen las becas identificando a las beneficiarias y por el periodo por el período enero 2023 a noviembre 2023;

 

                                       Que es necesario dictar el acto administrativo pertinente a efectos de otorgar las becas correspondientes, por ello, el suscripto

Intendente Municipal del Partido,

En uso de sus atribuciones,

 

DECRETA

 

Artículo 1º: Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar las  becas a las beneficiarias del “Programa

--------------- Nacional de  Salud Comunitaria”, según listado anexo a este decreto.

 

                 Artículo 2º: El gasto que demande lo establecido  en  el  Artículo precedente se imputará a la siguiente

                 --------------    partida:

1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero

1100000000 – Administración Municipal

1110000000 – Administración Central

1110100000 - Departamento Ejecutivo  

1110106000-Secretaría de Salud

01-Coordinación y Gestión de la Secretaría de Salud

 

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno y Control de

--------------  Gestíon.

 

Artículo 4º: Comuníquese, cúmplase, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.