Boletines/Suipacha
Decreto Nº 576/2023
Suipacha, 09/11/2023
Visto
El Expediente N° 1142/2023; y
Considerando
Que el mismo se inicia por nota de la Secretaria de Salud a través del cual solicita se abonen dos facturas de luz a nombre de Mariano Martín Lucero, domicilio Héroes de Malvinas 59, correspondientes al inmueble donde funciona el Centro de Atención Primaria de Salud (CAPS Renacimiento);
Que las mismas corresponden a los periodos de Septiembre/2023 de $ 84.036,25 y Octubre/2023 de $ 72.416,90, se encuentran a nombre del contratista que realizó la obra pero el periodo de consumo corresponde que sea abonado por la Municipalidad;
Que forma parte del Expediente copia del Acta de entrega del CAPS e informes dela Secretaria de Obras y Servicios y Públicos, la Asesoría Letrada, la Secretaría de Hacienda y Economía y la Contaduría Municipal;
Que es menester autorizar a la Contaduría Municipal a realizar el pago de las facturas mencionadas, siendo necesario dictar el acto administrativo pertinente, por ello, el suscripto,
Intendente Municipal del Partido,
En uso de sus atribuciones,
DECRETA
Artículo 1°:Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar las facturas de luz de la Empresa EDEN
---------------S.A. correspondiente al consumo de energía del inmueble donde funciona el Centro de Atención Primaria de Salud (CAPS Renacimiento), de $ 84.036,25 del mes de Septiembre de 2023 y de
$ 72.416,90 correspondiente al consumo del mes de Octubre de 2023, según Expediente N° 1142/2023.
Artículo 2º: El gasto que demande lo establecido en el Artículo 1° se imputará a la siguiente partida:
1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero
1100000000 – Administración Municipal
1110000000 – Administración Central
1110100000 - Departamento Ejecutivo
1110106000 – Secretaría de Salud
01- Coordinación y Gestión del a Secretaría de Salud
Artículo 3°: El Presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno y Control
--------------- de Gestión.
Artículo 4°: Cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.