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Decreto Nº143

Decreto Nº 143

Bolivar, 07/02/2024

Visto

El Expediente N° 4013-716/23 por el que la Asociación Cooperadora Hospital Sub Zonal Bolívar, solicita autorización en los términos de la Ordenanza 1044/94 y modificatorias, y;

Considerando

Que mediante Decreto N° 2460 de fecha 22 de Diciembre de 2023, previo cumplimentarse los recaudos legales conforme a derecho, se concedió autorización a la Asociación mencionada, a fin de poner en circulación y venta, un mil (1.000) boletas con un número de tres cifras cada uno, con un valor total de Pesos Cuarenta mil con 00/100 ($40.000,00);

Que con fecha 1° de Febrero de 2024 mediante nota, el Presidente y Secretario de la Asociación Cooperadora informa que el día 27/01/2024 fue extraviado un sobre conteniendo veintiséis (26) cartones correspondientes a la Rifa Campaña de Socios Protectores 2024, autorizada por Decreto Municipal;   

Que por tal motivo, se ha efectuado la correspondiente denuncia mediante Noticia de Extravío formulada ante la Dirección Provincial del Registro de las Personas, Delegación Bolívar;

Que atento lo manifestado, se solicita autorización para la anulación de los cartones cuya numeración es la siguiente: 005, 009, 012, 015, 041, 053, 062, 067, 081, 088, 090, 103, 131, 287, 323, 422, 458, 607, 623, 746, 788, 822, 825, 879, 913, 980, y la reimpresión de los mismos;

Que habiendo tomado intervención la Secretaria Legal y Técnica, aconseja la autorización de lo peticionado;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Autorizase a la “Asociación Cooperadora Hospital Sub Zonal Bolívar”, inscripta ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bajo la Matrícula N° 8.573, a la anulación de los cartones N° 005, 009, 012, 015, 041, 053, 062, 067, 081, 088, 090, 103, 131, 287, 323, 422, 458, 607, 623, 746, 788, 822, 825, 879, 913, 980, y la reimpresión de los mismos.

Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto N° 2485-23.

Artículo 3º: Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.