Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 5987/18
Nueve de Julio, 28/06/2018
ORDENANZA
Estableciendo que el DE solicite a la AFIP
Artículo 1º: El Poder Ejecutivo Municipal deberá solicitar a la Administración Federal de Ingresos Públicos –AFIP-, en oportunidad de efectuar cualquier licitación pública, por compra de bienes o prestación de servicios, los balances comerciales de los eventuales contratistas de obras públicas.
Articulo 2º: El Poder Ejecutivo Municipal solicitará, al momento de la contratación, el último balance cerrado y presentado a la AFIP, y luego reiterará el pedido en los sucesivos vencimientos del ejercicio comercial del proveedor o contratista, producidos durante la vigencia de la relación contractual.
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo quedará autorizado para incluir en los pliegos de licitaciones o llamados a concursos de precios para cualquier tipo de contratación, una calificación para los oferentes que brinde mejores oportunidades a aquellos que han cumplimentado en tiempo y forma todas sus obligaciones tributarias y previsionales. Y del mismo modo, el informe sobre ese cumplimiento también podrá ser incluido como calificación a los fines de las respectivas renovaciones de la contratación de que se trate.
Articulo 4º: El Poder Ejecutivo Municipal deberá facilitar al Honorable Concejo Deliberante el acceso a la información mencionada en el artículo anterior.
Artículo 5º: Comuníquese al D.E.a sus efectos.-