Boletines/Lobería

Decreto Nº974-24

Decreto Nº 974-24

Lobería, 07/05/2024

HABILITESE, un local para desarrollar actividades comerciales,

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, La Ley Provincial Nº 13.081 y su Decreto Reglamentario Nº 1.381/03, los artículos 87, 91, 97 y 98 de la Ordenanza Fiscal vigente, la Ordenanza N° 2.739/23 y Decreto N° 716/23; y

Considerando

QUE, con fecha 17 de abril de 2023 fue promulgada la Ordenanza Nº 2.739/23, que aprueba la reglamentación general para la habitación de comercios, industrias, servicios y actividades económicas asimilables en todo el Partido de Lobería, aplicándose a los trámites iniciados a partir de dicha fecha;

QUE, el Sr. CESAR ESPENDE, solicita la habilitación de un local en el rubro “VENTA DE RESPUESTOS PARA AUTOMOTORES NUEVOS Y USADOS”, ubicado en calle Vivas     Nº 258 de esta ciudad;

QUE, la Ley Nº 13.081 dispuso la creación del “Registro de Control de Comercios Vinculados a la Actividad de Automotores y Otros”, incluyendo una amplia gama de rubros comerciales y/o industriales en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, todo ello relacionado a negocios con vehículos automotores, embarcaciones, autopartes, repuestos, etc., y estableciendo pautas reglamentarias de funcionamiento e inscripción bajo responsabilidad de los titulares de las comisarías locales y dentro de la órbita del Ministerio de Seguridad como Autoridad de Aplicación de la misma;

QUE, con relación a lo expresado, se impuso la existencia de “un libro foliado y rubricado” como complemento de la correspondiente Habilitación Municipal de los comercios involucrados, exigiéndose, a su vez y además del mencionado libro, la implementación de “Certificado de Habilitación Provisoria expedido por la Municipalidad” para aquellos que no la tuvieren a la fecha de entrada en vigencia de la Ley;

QUE, personal de la Dirección de Ingresos Públicos ha labrado el Acta Nº 2.048, informando que el local que se pretende habilitar reúne las condiciones exigidas por las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de adjuntarse oportunamente, según plazo determinado en el resolutivo del presente, documentación faltante y en proceso de trámite por tratarse de una actividad comprendida dentro del alcance de la norma provincial referida;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERIA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D E C R E T O

ARTICULO 1º HABILITESE, en lo que a jurisdicción municipal compete y en virtud de la delegación de atribuciones que confiere la Ley 7315, al Sr. CESAR ESPENDE, D.N.I.       N° 34.037.546, un local para desarrollar actividades comerciales en el rubro “VENTA DE RESPUESTOS PARA AUTOMOTORES NUEVOS Y USADOS”, ubicado en calle Vivas     Nº 258 de esta ciudad.

ARTICULO 2º El funcionamiento del comercio habilitado por el presente Decreto se encuentra sujeto a las autorizaciones que correspondan de acuerdo a la normativa vigente, debiendo incorporarse en el plazo establecido la pertinente constancia del cumplimiento de la diligencia exigida por la legislación citada en la parte enunciativa.

ARTICULO 3º La actividad mencionada en el artículo 1ro., queda comprendida a partir del día de la fecha, en el Capítulo V, art. 8 de la Ordenanza Fiscal vigente, correspondiendo liquidar la Tasa por Servicio a la actividad comercial, industrial profesional y de servicios.

ARTICULO 4º Liquídese la primera cuota de la tasa mencionada en el artículo precedente, cuyo vencimiento es el 10 de mayo de 2024, operando los subsiguientes, de acuerdo al Calendario Impositivo en vigencia.

ARTICULO 5º NOTIFIQUESE, tomen conocimiento Dirección de Ingresos Públicos, División Comercio y Otras y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHIVESE.