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Ordenanza Nº14082/2024

Ordenanza Nº 14082/2024

Quilmes, 20/05/2024

VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-29085 024; y

 

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado  la  Ordenanza  Nº 14.082/2024 en la Sesión Ordinaria del día 14 de Mayo del 2024, cuyo  texto expresa:

VISTO:

El Expediente Nº 2-29085-HCD-2024 Presentado por la Concejala BELEN MARON. Ref.: La proliferación de sitios de apuestas deportivas online y su ascendente sobre Niños, Niñas y Adolescentes de nuestro Distrito, y

 

CONSIDERANDO:

                   Que en 2018, en ese entonces el Gobierno Nacional, decreta el cierre de la Lotería Nacional, pasando a estar regulados los  juegos                       de azar a nivel Provincial, y desactivando el clásico Prode.

Que a partir de 2021, ya con las Regulaciones Provinciales establecidas, comienzan a funcionar en nuestro  País,  sitios  de  apuestas deportivas online, popularizando rápidamente, y abarcando un  universo  de alrededor de 19 millones de consumidores e·n nuestro País.

Que la cuestión de la participación de Niños, Niñas y Adolescentes en estas plataformas, es un tema a nivel mundial, por citar ejemplos, en Gran Bretaña treinta mil niños de hasta 11 años fueron diagnosticados con Ludopatía, mientras que en España, se calcula que más del 10% de los Niños, Niñas y Adolescentes realizan apuestas online.

Que estas marcas se publicitan utilizando las imágenes de figuras ·del mundo del fútbol, con amplia penetración en los rangos etarios más bajos, y en las camisetas de los equipos más populares, por ejemplo, la camiseta de.Boca·Jt:miors, luce el lago de Betsson, una casa de apuestas online.

Que según estiman las Asociaciones Civiles de ayuda a ludópatas, desde la aparición de estas plataformas ha aumentado el porcentaje de Niños, Niñas y Adolescentes que realizan consultas por problemas con el juego.

Que los Niños, Niñas y Adolescentes son especialmente vulnerables a los riesgos asociados con el juego, incluyendo la adicción, el endeudamiento y los problemas de salud mental.

Que el avance de las plataformas tecnológicas y la transformación de los hábitos digitales durante la Pandemia han contribuido en gran medida a esta expansión, volviendo el juego con apuestas online más accesible y atractivo para los jóvenes.

Que frente a un retroceso y reivindicación de la desaparición del Estado Nacional en materia de prev r ión, atención y contención hacia la salud mental de sus ciudadanos/as, es de suma importancia construir herramientas dentro de los Gobiernos Municipales para atender las demandas de su pueblo.

Que según el concepto de "Ciudadanía Digital Responsable"difundido    por    el    Estado    Nacional    a    través    de  la  página    de gobierno Argentina.gob.ar la buena convivencia digital se construye entre las Ciudadanas y los Ciudadanos digitales.

Que es responsabilidad del Municipio, cuidar la salud de sus habitantes, incluyendo el fomento de hábitos saludables, y la generación de conciencia responsable en los más jóvenes, so re hábitos potencialmente peligrosos.

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

 

ORDENANZA Nº 14082/2024

ORDENANZA

ARTICULO  1°: REALICESE   en    el  Municipio    de    Quilmes   una campaña..................... preventiva dirigida a Niños, Niñas y Adolescentes sobre los riesgos del juego y apuestas online.

 

ARTICULO  2°: INCLUYASE  en  dicha  campaña  la  difusión  de  material que...................... destaque los aspectos negativos y riesgos de las apuestas online, charlas  en las Escuelas  Secundarias  del Distrito  con la participación de

profesionales y expertos en temas de adicciones, salud mental y la articulación con Organizaciones Locales de ayuda a adictos al juego.

ARTICULO 3°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a realizar las..................... adecuaciones presupuestarias qué sean necesarias y a designar la autoridad de aplicación correspondiente para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

 

ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y...................... ARCHIVESE.

 

 

QUILMES, 14 de Mayo de 2024.

 

 

Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.

Dra. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58y modificatorias vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14.082/2024, sancionada por el HOnorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 14 de mayo de 2024.-

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-

             Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

DECRETO 1447