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Decreto Nº1063/2024

Decreto Nº 1063/2024

Quilmes, 22/04/2024

Visto

el Expediente Nº 4091-3455-A-2024 iniciado por la  Subsecretaría  de ARQUI de la Municipalidad de Quilmes (ARQUI), con el fin de extender la vigencia del régimen de regularización de deudas previsto por el Decreto Nº 73/2020; y

Considerando

Que conforme lo normado en el artículo 91 del Código Tributario del Municipio de Quilmes, se faculta a este Departamento  Ejecutivo para conceder  a determinados grupos o categorías de contribuyentes regímenes de regularización de deudas fiscales bajo determinadas condiciones;

Que ello así, en mérito de la respuesta satisfactoria que ha brindado el régimen de regularización de deudas instaurado por el Decreto Nº 73/2020 y con el objeto de continuar con las acciones que faciliten al contribuyente la normalización de sus obligaciones fiscales, y que a su vez promuevan la recaudación comunal, resulta necesario extender durante un determinado período de tiempo la vigencia del mismo;

Que de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 82 y 91 del Código Tributario del Municipio de Quilmes, se faculta a este Departamento Ejecutivo a establecer los recargos e interés por mora en el pago de los tributos allí contemplados.

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta procedente y razonable extender hasta el 30 de septiembre de 2024 la vigencia del régimen de regularización de deudas previsto por el Decreto Nº 73/2020, el cual cumple asimismo con las condiciones establecidas por la nueva normativa fiscal municipal;

Que, el presente Decreto se dicta en uso a las facultades otorgadas en el artículo 91 del Código. Tributario del Municipio de Quilmes para el período fiscal 2024; y

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1°: PRORRÓGASE hasta el 30 de septiembre de 2024 la vigencia del régimen de regularización de deudas dispuesto mediante el Decreto Nº 73/2020, cuya última prórroga fue dispuesta por el Decreto nº 4776/2023 y con el alcance otorgado en sus artículos 2°, 3° y 4°.-

ARTÍCULO 2°: ESTABLÉCESE que a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, para los casos de mora en el pªgo de los tributos contemplados en el Código Tributario del Municipio de Quilmes, se devengará un interés del siete por ciento (7%) mensual.-

ARTÍCULO 3º:DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado  por  el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.-

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

 

       Lic. María Eva Stolzing Ugarte  

              Secretaria de Hacienda

             Municipalidad de Quilmes