Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 7218/2024
Nueve de Julio, 09/05/2024
ACEPTA DONACION DINERARIA POR TEMPORAL EN LA CIUDAD DE 9 DE JULIO.
VISTO:
El expediente Nº 4082-178/2024.
CONSIDERANDO:
Que se han dado inicio a las actuaciones a los fines de aceptar la Donacion de sumas de dinero por Temporal acaecido en la ciudad de 9 de Julio el dia 19 de Marzo de 2024, el cual causo serios deterioros y destrucción en varias viviendas, cuya zona mas afectada fue el Barrio Ex Matadero ubicado sobre Avda. Compaire entre Joaquin V. Gonzales y juan B. Justo.
En virtud de tal acontecimiento imprevisto, el Municipio a través de la Secretaria de Administración y Hacienda designo una cuenta Especial destinada a la recepción de donaciones para que la comunidad en general, Empresas y Entidades, etc que tuvieran la voluntad de realizar aportes, en función de dar solución a la problemática ocurrida, pudieran gestionarse desde dicha cuenta.
Que a fojas 2 se acompaña el Detalle de los Movimientos de la Cuenta especialmente
abierta en el Banco de la Provincia de Bs. As., Sucursal 9 de Julio Cuenta Nº 6478-57381/0.
Que conforme lo normado los artículo 57 de la L.O.M. , corresponde dar intervención al cuerpo legislativo a los fines de que acepte la donacion de las sumas de dinero.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Aceptase la Donación de las sumas de dinero por el importe de $ 3.951.289,09 (Pesos tres millones novecientos cincuenta y un mil doscientos ochenta y nueve con 09/100, producto del Temporal acaecido en la ciudad de 9 de Julio con fecha 19 de Marzo de 2024, cuyo detalle se adjunta en copia.
ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación que se le requiera para tal fin y realizar todo tipo de actos administrativos para que dichas sumas sean afectadas al fin determinado.
ARTICULO 3°: El líquido de la aceptación de la Donación deberá ingresarse a la cuenta del cálculo de recursos 17.1.01.02 “Donaciones Temporal Marzo 2024” y será imputado a: Jurisdicción 1110114000 Secretaria de Vivienda y Urbanismo Programa 30 – Políticas de Vivienda Actividad 04 – Emergencia Habitacional Fuente de financiamiento;: 140, del presupuesto de gastos vigente.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.