Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº247/2024

Decreto Nº 247/2024

Adolfo Gonzales Chaves, 19/03/2024

Visto

Las funciones desempeñadas por trabajadores municipales pertenecientes a la Dirección de Servicios Públicos como conductores y/o acompañantes de camiones y palas; y

Considerando

Las atribuciones emanadas de la Ley 14.656, artículo 6º, último párrafo, que reza: “Los derechos detallados son meramente enunciativos y el Municipio podrá instituir con carácter permanente o transitorio, general o sectorial, otras bonificaciones”;

Por ello;

la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Establécese, a partir del día 1 de marzo de 2024, el pago de pesos quinientos veinte mil ($ 520.000) mensuales, en concepto de bonificación especial remunerativa y no bonificable, por realizar tareas en la Dirección de Servicios Públicos como conductores y/o acompañantes de camiones y palas.- La mencionada bonificación se abonará, previa certificación de trabajos realizados, la que deberá presentar el Director de Servicios Urbanos en la oficina de Liquidaciones y, el monto establecido, se abonará  entre los trabajadores que efectivamente cumplan las tareas asignadas por dicho funcionario.-

Los trabajadores afectados a dichas tareas son:

MIR Pedro Alberto, legajo 310 (camión)

ARBASETTI Juan Carlos, legajo 518 (pala)

LOPEZ Juan José, legajo 636 (pala)

SOSA Mariano Alberto, legajo 823 (pala)

CAPPA Raúl Alberto, legajo 982 (acompañante)

IRIBECAMPOS Roberto Oscar, legajo 1167 (camión de comercios)

CABRAL Martín Abel, legajo 1236 (camión contenedor)

BURGUEÑO Néstor Fabián, legajo 1318 (acompañante)

ITURRALDE Juan José, legajo 1356 (acompañante)

FARINA Diego Nicolás, legajo 1623 (camión)

FERREIRO Abel David, legajo 1629 (camión)

ERDOCIA Héctor Emanuel, legajo 1638 (camión de comercios)

MENNA Ariel, legajo 1697 (camión-acompañante)

 

ARTÍCULO 2º.- El pago de la retribución establecida, será imputado a la cuenta del Presupuesto de Gastos vigente que corresponda.-

 

ARTÍCULO 3º.- Tomen razón Subsecretaria de Recursos Humanos, Oficina de Personal, Secretario de Obras y Servicios Públicos y Jefe de Liquidaciones.-

 

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-