Boletines/Arrecifes
Ordenanza Nº 3553/24
Arrecifes, 05/01/2024
VISTO:
El expediente Nro. 11.472/23 relacionado con la nota presentada por la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes, solicitando el otorgamiento de subsidio equivalente al 2% de lo efectivamente recaudado por el Municipio Arrecifes a través de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal.-
Que para dicho fin requiere la revalidación para el ejercicio 2024 de la Ordenanza Nro. 3.445/22 y;
CONSIDERANDO:
Que el beneficio es otorgado a la entidad anualmente desde hace muchos años, para que la Institución pueda solventar en parte los gastos operativos propios de su actividad.-
Que la entidad debe afrontar importantes erogaciones en concepto de combustible y mantenimiento de las unidades.-
Que la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes es una de las entidades de mayor prestigio y orgullo de nuestro medio.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes un subsidio equivalente al dos por ciento (2,00%) en función de lo exclusiva y efectivamente recaudado en las cuotas 1 a 6 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, del ejercicio económico financiero 2024.-
Artículo 2º: El subsidio se otorgará durante el ejercicio 2024 en función de los vencimientos que se establezcan en el Calendario Fiscal para la percepción de dicha Tasa y una vez practicados por el Departamento Ejecutivo Municipal los controles de recaudación correspondientes.-
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal tomará las previsiones pertinentes para el Ejercicio Fiscal 2024 y dispondrá de una partida específica para la imputación del gasto que demande la aplicación de lo dispuesto por el artículo 1º de la presente.-
Artículo 4º: Las facturas que emita el Departamento Ejecutivo Municipal, correspondientes a la tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal deberán contener la siguiente expresión:
“El 2,00% (dos por ciento) del importe total recaudado por esta tasa, será entregado en calidad de subsidio a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Arrecifes”.-
Artículo 5º: La entidad subsidiada deberá rendir cuentas al Departamento Ejecutivo Municipal de las sumas de dinero percibidas.-
Artículo 6º: Remítase copia de la presente disposición a la entidad solicitante, a los efectos que estime correspondan.-
Artículo 7º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTEDE ARRECIFES EN LA 1° SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DIA CINCODE ENERODEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
Arrecifes, 5 de enero de 2024.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
FABIAN CESAR REYNA FRANCISCO JOSÉ BÓVEDA
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante